​Permanencia del fiscal de la Nación Pedro Chávarry está en juego
​Permanencia del fiscal de la Nación Pedro Chávarry está en juego

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso mantiene en suspenso el debate del informe del congresista (PPK), que recomienda la destitución e inhabilitación del fiscal de la Nación, , por haber cometido presuntas infracciones constitucionales en el marco de su actuación como alto funcionario del Estado, y su aparente cercanía con quienes conforman la organización criminal denominada “Los Cuellos Blancos del Puerto”.

Pese a que el material fue entregado hace más de 10 días, el titular de la comisión, César Segura, afirmó que la prioridad en el Parlamento se encuentra en la aprobación de las reformas del Ejecutivo con miras al referéndum.

TIRA Y AFLOJA

El documento sostiene que el titular del Ministerio Público (MP) contravino “gravemente” los principios de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción, que se enmarcan en los artículos 3°, 39°, 44°, 45° y 158° de la Constitución.

Como sustento, se recoge la información difundida a partir de los audios de conversaciones entre  y el empresario Antonio Camayo, donde se participa o se hace alusión a Pedro Chávarry; y se indica que el fiscal de la Nación habría faltado a la verdad en declaraciones a medios de comunicación, acerca de su cercanía con los mencionados personajes. También se enumera y analiza cuatro hechos que explican de qué modo el papel del titular de la Fiscalía compromete su permanencia en la institución (ver infografía).

Para el abogado del fiscal Pedro Chávarry, Ángel Delgado, el informe “no aterriza bien” los elementos que -a juicio de la comisión- serían las infracciones que habría cometido su patrocinado, por lo que “debería ser rechazado de plano”.

“Todos los abogados que hemos participado en la defensa coincidimos -a partir de nuestras especialidades- que no existe ninguna conducta típica que pueda ser considerada como infracción a la Constitución en los hechos que se le imputan al señor Chávarry”, dijo Delgado a Correo.

Sobre los cuatro hechos de análisis, señala que al no definirse los vínculos de Chávarry con Hinostroza y Camayo, no existe sustento suficiente para recomendar su salida del MP. También rechaza que este haya perdido independencia para el ejercicio de su función y descarta “una compra de votos” para su designación en el cargo.

ANÁLISIS

De acuerdo al constitucionalista Luciano López, el informe de Sheput tiene como “punto fuerte” -a nivel de pruebas- el hecho concreto relacionado a que el fiscal de la Nación mintió. Ello, basándose en que Chávarry justificó su falta a la verdad sobre las coordinaciones con Hinostroza y Camayo, al sostener que, uno, no era un tema relevante porque su designación estaba garantizada y, dos, que lo hizo para proteger la imagen de la institución que preside.

“La pregunta que viene a colación es: ¿Se puede permitir que un funcionario en esa jerarquía pueda decir que mintió y no apartarse de su cargo?”, expresó al hacer alusión al “hecho estrella” del documento.

Sobre la necesidad de que exista la transgresión a un texto explícito en la Constitución para que comprenda una falta, López citó una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), en la que se establece que el hecho se resuelva “como situaciones de confianza que tenga el Parlamento en un funcionario de la alta jerarquía estatal, de cara a sus responsabilidades”.

Asimismo, para precisar y fortalecer este criterio, recomendó que el oficialista -dentro de la comprensión del principio de “Lucha contra la Corrupción”- añada el artículo 41 de la Constitución, que es incluido por el TC en una sentencia del año 2011, sobre la protección constitucional en el combate a toda forma de corrupción.

“El Tribunal tiene jurisprudencia desde larga data, donde dice que ese proceso de lucha contra la corrupción, que se desprende de los artículos 39 y 41 de la Constitución, genera un deber en los funcionarios de manejarse en términos éticos, de probidad, veracidad y transparencia”, indicó.

Además, opinó sobre la recomendación de destitución e inhabilitación.

“En lo particular, 10 años me parecería mucho, porque si estamos graduando en función a que es un tema de la pérdida de confianza por no actuar con veracidad, lo conveniente sería entre 2 o 3 años”, precisa.

Este diario buscó comunicarse con el congresista Juan Sheput para conocer su versión sobre el tema, pero este indicó que solo se pronunciará para la sustentación de su informe ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, que por cierto aún no tiene fecha para debatir el informe, sin embargo, hoy se podría determinar.