El congresista aprista Javier Velásquez Quesquén presentó un proyecto de ley que busca sancionar con pena de cárcel a quienes difundan audios o videos, entre otros, “obtenidos sin consentimiento que afecten el honor, la seguridad personal o el derecho a la intimidad”.
“Artículo 162-B. Difusión indebida de comunicaciones. El que, indebidamente, difunde la grabación de una conversación personal, telefónica, audiovisual u otra análoga, sin el consentimiento de su interlocutor, salvo resolución judicial, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de un año ni mayor de seis años, siempre que tal difusión afecte el honor, la seguridad personal o el derecho a la intimidad”, detalla la nueva fórmula legal.
Se agrega que la pena será no menor de cuatro ni mayor de ocho años si el agente difunde o publica la conversación en un medio de comunicación social o si es funcionario público.
También se detalla que el responsable “queda exento de pena si el contenido de la grabación constituye un hecho punible”.
En la exposición de motivos, se indica que existe un vacío en la legislación, que debe corregirse, “porque se ha convertido en una mala costumbre que personas maliciosas, sin el mínimo respeto a la dignidad y privacidad del ser humano, efectúan grabaciones y las difunden por los medios de comunicación causando perjuicio a la intimidad y el honor”.