El Tribunal Constitucional (TC) publicó la sentencia que declaró improcedente la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Congreso de la República por la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente.
En el documento, precisa que no le corresponde emitir un pronunciamiento sobre la demanda del Gobierno, por cuanto a la fecha “se ha producido la sustracción de la materia controvertida”.
“Sin perjuicio de ello, es importante señalar que la improcedencia por sustracción de la materia aquí declarada, no implica en forma alguna que este Tribunal Constitucional abdique de su rol de garante de los derechos fundamentales y de la primacía normativa de la Constitución”, señaló.
Asimismo, detalla que se trata de una decisión que “cierra” el proceso y pone fin a la incertidumbre sobre el sentido y las consecuencias que, en el momento actual, una decisión del TC podría tener sobre la “titularidad del Poder Ejecutivo y la gobernabilidad del país”.
El TC también recordó que la primera moción de vacancia no prosperó porque solo alcanzó 32 votos, rechazándose así el pedido de destitución por permanente incapacidad moral por los presuntos actos en los que habría intervenido el expresidente Martín Vizcarra para la contratación de Richard Cisneros.
Del mismo modo, refirió que en un anterior pronunciamiento, el TC optó por “emitir una decisión similar en un proceso competencias, debido a que la duración de los plazos procesales, igualmente generaron la imposibilidad de emitir un pronunciamiento sobre el fondo respecto de un extremo”.
Por dichos fundamentos, el Tribunal Constitucional decidió declarar improcedente la demanda presentada por el Ejecutivo.