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Sentenciados por delitos graves no ejercerán cargos públicos

Comisión de Contitución aprobó dictamen. Proyecto logró el respaldo de 17 votos a favor y 1 en contra. Personas condenadas por rebelión, sedición, motín, terrorismo, traición a la patria y narcotráfico no tendrán acceso a cargos en el Estado.
La comisión de Constitución aprobó dictamen que inhabilita por diez años acceso de sentenciados por delitos graves a cargos en el Estado peruano. Foto: Congreso.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 27/11/2024, 07:57 a.m.

La Comisión de Constitución aprobó el dictamen que modifica los artículos 34-A, 39-A y el inciso 22 del artículo 139 de la Constitución, que propone prohibir el acceso por diez años, a cargos públicos, a personas con sentencia consentida o ejecutoriada por delitos graves.

Entre ellos figuran delitos contra la democracia (rebelión, sedición, motín), terrorismo, traición a la patria, narcotráfico.

“Son, específicamente, delitos que atentan contra el sistema democrático; delitos muy graves que atentan contra el sistema democrático y el orden constitucional”, precisó el legislador Fernando Rospigliosi, presidente de la Comisión de Constitución.

El dictamen logró un respaldo contundente de 17 votos a favor, 1 en contra y 5 abstenciones.

El proyecto de ley apunta contra individuos que perpetraron delitos que debilitan el sistema democrático del Estado.

“Acciona también contra aquellos que se han rebelado contra el sistema democrático para tratar de destruirlo”, explica Rospigliosi.

“Lo que se entiende es que gente que quiere destruir la democracia no utilice la democracia para sus protervos fines. Esa es la idea”, reseñó.

A los que han sido sentenciados por esos delitos graves la ley les impedirá ejercer cargos de elección popular y cargos de funcionarios designados hasta por diez años después de finalizada la sentencia.

DOS LEGISLATURAS

El texto del dictamen precisa los delitos involucrados en el presente dictamen: “(...) Personas condenadas a pena privativa de la libertad efectiva, con sentencia consentida o ejecutoriada, en calidad de autoras, cómplices o instigadoras por la comisión de los tipos penales referidos al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria, (...) y delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional (...)”.

Rospigliosi espera que el Pleno apruebe la ley en la presente legislatura y la ratifique en la próxima legislatura de marzo de 2025.

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