TC deja sin efecto restricción para la cuestión de confianza
TC deja sin efecto restricción para la cuestión de confianza

Primero fue la denominada “Ley Antitránsfugas”, luego la “Ley Mordaza” y ahora, por tercera vez, el  enmienda una polémica iniciativa del Congreso de la República impulsada por el binomio compuesto por el APRA y la bancada mayoritaria, la de Fuerza Popular.

Esta vez se trata de la modificación que el legislador aprista Mauricio Mulder propuso para el Reglamento del Legislativo -que se aprobó gracias a los votos fujimoristas- y que restringió las condiciones para la , pues dispuso que el Gobierno no podía apelar a ella para promover, interrumpir o impedir la aprobación de una norma, así como en casos de procedimientos legislativos o de control político.

Fue el propio presidente del colegiado constitucional, Ernesto Blume Fortini, quien anunció que la demanda presentada por la bancada de Peruanos por el Kambio (PPK), en contra del referido cambio, fue declarada fundada.

En conferencia de prensa, el titular del TC anunció que, en consecuencia, se declaró inconstitucional la Resolución Legislativa 007 2017-2018, que -además de la cuestión de confianza- también establecía que ante una crisis total de Gabinete debían irse todos los ministros que lo conforman.

LOS FUNDAMENTOS

El titular del TC destacó que la decisión se adoptó por unanimidad, es decir, con el respaldo de los siete magistrados miembros del pleno, lo que la convierte en “totalmente vinculante”, es decir, de obligatorio cumplimiento.

“Para este tribunal, el Congreso ha excedido la facultad que le otorga la Constitución de autonormarse a través de su reglamento, pues tal atribución es para materias propias de su funcionamiento, no para regular y restringir competencias constitucionales propias del presidente de la República o de los ministros de Estado”, explicó.

Entre los fundamentos, destacó que la resolución legislativa, al establecer casos en los que no se puede invocar la cuestión de confianza “recorta la facultad de los ministros para plantearla, que en el Constitución no está sujeta a restricción alguna”.

“Asimismo, dicha resolución limita la libertad que tiene el presidente de la República para nombrar a sus ministros más allá de los límites que le impone la Constitución, o las razones de oportunidad política”, subrayó.

Blume Fortini resaltó también que para el TC el mecanismo de la cuestión de confianza -que si se rechaza dos veces permite al Gobierno disolver el Parlamento- es un contrapeso entre el ejecutivo frente a la facultad del Congreso de censurar a sus ministros.

“Es un elemento fundamental para el equilibrio de poderes que marca la Constitución, por lo que no podía ser restringida por la referida resolución sin alterar tal equilibrio”, remarcó.

Asimismo, refirió que en un sistema democrático son fundamentales tanto el principio de separación de poderes como el balance entre poderes.

“Para el Tribunal Constitucional es fundamental, en el fortalecimiento de la democracia, en el fortalecimiento del Estado de derecho y del estado constitucional, que se respeten escrupulosamente las competencias constitucionales, y que cada órgano o ente del Estado ejerza tales competencias en el marco de la Constitución”, añadió.

REFERÉNDUM

Ernesto Blume agregó que si bien los magistrados tomaron la mencionada decisión ayer, recién la publicarán el próximo jueves 15 de noviembre, y que entrará en vigencia un día después de su publicación en el diario oficial El Peruano.

El documento, detalló, incluirá los fundamentos adicionales de algunos integrantes del Pleno del TC, que en algunos casos agregarán fundamentos y en otros expondrán opiniones peculiares.

Sin embargo, al ser consultado sobre la implicancia de esta resolución en el referéndum del 9 diciembre -en el que la pregunta sobre la bicameralidad incluye la citada restricción a la cuestión de confianza- Blume respondió que no debe adelantar opinión pero que “es evidente que esta sentencia debe ser evaluada y sus consideraciones tomadas en cuenta para todos los efectos”.

“Por lo tanto, el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo deben tomar conocimiento de la misma, analizar sus efectos, porque la sentencia por unanimidad es totalmente vinculante y rige de ahora en adelante”, puntualizó.

A FAVOR

La bancada de Peruanos Por el Kambio fue la primera agrupación parlamentaria en saludar el fallo del máximo intérprete de la Constitución. Al promediar el mediodía, Gilbert Violeta acompañado por algunos de sus colegas, entre ellos, Mercedes Aráoz, Carlos Bruce, Salvador Heresi, Ana Choquehuanca, Moisés Guía, junto al independiente Gino Costa en conferencia de prensa aseguraron que el Tribunal Constitucional una vez más les ha dado la razón en defensa de la Carta Magna.

“El fallo se da a efectos de que la modificación al Reglamento del Congreso que cambió la cuestión de confianza sea declarado ilegal. El Tribunal Constitucional nos ha dado la razón y ha prevalecido los argumentos en la Constitución”, indicó.

Según el oficialista, la modificación al Reglamento parlamentario debe ser inmediato para “restituir la figura como estaba anteriormente.

Recordó además que esta modificatoria sobre la cuestión de confianza dio lugar a que el Poder Ejecutivo observara la reforma de la bicameralidad.

“Nuestra bancada va a promover una nueva reforma constitucional a efectos que restituyan los términos de la Constitución en los artículos N° 132 y 133 para que la cuestión de confianza y la censura queden como está establecida en la actual Constitución”, sentenció.

A su turno, Mercedes Aráoz consideró que esta es la oportunidad de que se respeten los derechos de los poderes del Estado y exista un equilibrio entre ellos.

“Esto restituye los derechos que tiene el Ejecutivo para funcionar como un equilibrio real frente al Legislativo que es lo justo porque el atropello no puede ser la fórmula para ejercer el poder por más que se tenga el mayor número de congresistas. Tenemos que tener una democracia con equilibrio”, dijo.

En ese sentido, expresó que no puede haber un poder del Estado como el Ejecutivo o Legislativo que se sobrepase en sus mandatos. Asimismo, reconoció que el TC ha dejado establecido que el presidente de la República puede conformar su equipo, como mejor le parezca, para que integren el Gabinete Ministerial y que una acción como esta no puede cuestionarse ni limitarse.

“Si hay un voto de confianza y es rechazado, se puede pedir el voto de confianza para otro equipo que se conforme”, manifestó la también vicepresidenta de la República.

Por otro lado, el exppkausa, Gino Costa también resaltó la decisión del Tribunal Constitucional. “Nueva victoria del Estado de derecho. TC, por unanimidad, declara inconstitucional modificación del Reglamento del Congreso sobre cuestión de confianza, promovida por APRA/FP para atar de manos al Presidente Vizcarra”, publicó.

MÁS DATOS:

Urviola. “Esta era la crónica de una muerte anunciada”. Óscar Urviola, expresidente del TC, aseguró que la manera en la que se puso fin a la norma del Congreso fue la “crónica de una muerte anunciada”. “Era evidente la transgresión de la norma constitucional respecto a la cuestión de confianza. Un reglamento del Congreso no puede modificar la Constitución”, concluyó.