El Tribunal de Solución de Controversias Ambientales será la entidad encargada de resolver los conflictos sociales en materia ambiental a través del mecanismo de la conciliación.
En el decreto supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que aprueba su reglamento interno, se precisa que dicho tribunal será la instancia previa extrajudicial de carácter obligatorio antes de iniciar una acción judicial en materia ambiental.
Señala que las controversias o pretensiones ambientales que versen sobre derechos patrimoniales u otros que sean de libre disposición de las partes podrán ser materia de conciliación.
Además, establece que la audiencia de conciliación es única, pero puede comprender otras sesiones si fuera necesario dentro de un plazo máximo de 30 días prorrogables por acuerdo de las partes.
Los servicios de conciliación extrajudicial serán gratuitos y se priorizará la atención de las personas de escasos recursos.
El tribunal también podrá resolver en casos de conflicto de competencia entre dos o más entidades públicas de ámbito nacional, regional y /o local cuando éstas se atribuyan funciones ambientales de carácter normativo, fiscalizador o sancionador.


