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JNE declaró infundada apelación de Nuevo Perú de Verónika Mendoza y no competirá en Elecciones 2022

El movimiento de la excandidata presidencial tendrá que volver a iniciar el procedimiento de inscripción si quieren ser reconocidos como partido por el ROP.
Verónika Mendoza es la lideresa de Nuevo Perú y fue candidata presidencial en las elecciones generales de este año. (Foto: GEC)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 11/01/2022, 08:44 p.m.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la apelación presentada por Nuevo Perú de Verónika Mendoza, con lo cual no podrá competir en las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

MIRA AQUÍ: JNE publica reglamento del procedimiento de aplicación a las actas observadas

De este modo, el movimiento liderado por la excandidata presidencial tendrá que volver a iniciar el procedimiento de inscripción si quieren ser reconocidos como partido por el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

El pasado 16 de diciembre el máximo organismo electoral retiró la solicitud de inscripción partidaria de Nuevo Perú por no cumplir los requisitos exigidos a fin de ser reconocidos de manera oficial como un partido político.

El JNE rechazó la apelación del expediente 2021092727, presentada por el Nuevo Perú. (Foto: JNE)

Según la resolución del Registro de Organizaciones Políticas, la agrupación “Nuevo Perú, por Democracia, Soberanía y Justicia” no cumplió con levantar la totalidad de observaciones, ni con todos los requisitos que demanda la Ley 28094 (Ley de Partidos Políticos) por lo que se procedió con el retiro de la solicitud de inscripción y se dio por concluido el procedimiento de inscripción.

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El JNE remarcó que durante el proceso administrativo ya se había otorgado un plazo de 90 días para que la mencionada organización cumpla con levantar las observaciones, por lo que ya no era posible volver a concederle un plazo adicional.

Recordó que el pasado 12 de enero de 2021, la actual congresista Ruth Luque Ibarra inició el trámite de reconocimiento partidario, pero que, por cuestiones de forma, no fue posible su admisibilidad hasta dos días después de su corrección.

El 24 de mayo se les notificó la resolución sobre siete observaciones a su expediente de inscripción y se le otorgó 90 días para subsanar. El plazo venció el 24 de agosto del 2021.

Según el ente electoral, Nuevo Perú no cumplió con presentar el certificado de antecedentes judiciales del fundador de la organización Humberto Prado Effio, ni con el mínimo de 65 comités provinciales cada uno con no menos de 50 afiliados válidos y que estos comités se ubiquen como mínimo en 20 departamentos.

Nuevo Perú respondió a las observaciones y entregó un segundo lote de planillones con padrones de afiliados. Tras la verificación, el JNE concluyó que existía “imposibilidad” de superar la observación respecto a los antecedentes judiciales del fundador debido al fallecimiento de Prado Effio.

Respecto al número de afiliados válidos también se dio por superado al haber alcanzado los 27,305. Sin embargo, se advirtió que Nuevo Perú ha logrado acreditar 49 comités provinciales que cuenten cada uno con 50 o más afiliados ubicándose éstos en 20 departamentos, por lo que no cumple con la exigencia establecida en el artículo 8 de la LOP.

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