Desde el 17 de junio se inicia el rotulado de productos con octógonos
Desde el 17 de junio se inicia el rotulado de productos con octógonos

El próximo 17 de junio comenzará a estar vigente el Manual de Advertencias Publicitarias que establece disposiciones para la aplicación y cumplimiento de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, conocida también como Ley de alimentación saludable.

Una de estas disposiciones es la implementación de los parámetros técnicos para el rotulado de los alimentos procesados que excedan los límites que establece dicho manual, publicado el 16 de junio de 2018.

Así que los alimentos sólidos y bebidas con alto contenido de sodio, azúcar y grasas saturadas, deberán mostrar octógonos con el texto "alto en" seguido de "azúcar", "sodio" o "grasas saturadas", según corresponda, en la parte frontal de su empaque. 

El Manual de Advertencias Publicitarias dado a conocer, es muy diferente del documento que le precedió en que, ahora, los octógonos ya no serán de color rojo, sino de color negro y blanco.

El manual entrará en vigencia el 17 de junio del 2019, después de ello se dará un plazo de 6 meses para el uso de adhesivos con los octógonos. Después de ese tiempo, la industria debería adecuarse a lo dispuesto en el manual.

Los alimentos que superen los siguientes parámetros deberán incluir dentro del octógono el texto "alto en" seguido de "sodio", "azúcar" y "grasas saturadas”.

-Sodio (alimentos sólidos) Mayor o igual a 800 mg / 100g. Sodio (bebidas) Mayor o igual a 100 mg/100 ml
-Azúcar (alimentos sólidos) Mayor o igual a 22,5g/100g. Azúcar (bebidas) Mayor o igual a 6g/100 ml
-Grasas saturadas (alimentos sólidos) Mayor o igual a 6g/100g. Grasas saturadas (bebidas) Mayor o igual 3g/100ml
-Grasas Trans (según la norma vigente).

Los octógonos deberán ubicarse en la zona superior derecha de la cara frontal de la etiqueta y se mantendrán en todos los tamaños de esta.