La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema absolvió al expresidente Alberto Fujimori de responsabilidad por el caso “Diarios Chicha” y revocó la sentencia de ocho años que le había impuesto un tribunal de menor jerarquía.
Alberto Fujimori era procesado por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso.
Sin embargo, el exmandatario permanecerá en prisión, ya que aún tiene otras sentencias en su contra, entre ellas la de 25 años por el caso Barrios Altos y La Cantuta.
La Sala Penal Permanente, presidida por el juez supremo Javier Villa Stein e integrado por los magistrados Duberlí Rodríguez Tineo, Josué Pariona Pastrana, César Hinostroza Pariachi y José Neyra Flores, decidió por unanimidad que Fujimori no es responsable del pago ilegal a los denominados “Diarios Chicha” para atacar a sus adversarios y favorecer así su re-reelección.
Según la acusación, entre 1998 y 2000 Alberto Fujimori, en su calidad de presidente de la República, ordenó el desvío de fondos públicos de las Fuerzas Armadas al Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) a fin de comprar las líneas editoriales de diversos diarios para favorecer su re-reelección.
Ayer, tras siete años de proceso judicial, el tribunal supremo absolvió al exmandatario de dicha acusación, por la cual recibió su quinta sentencia en 2015.
SIN PLATA EN MANO. Para dictar la resolución, los magistrados respaldaron en conjunto la tesis del magistrado supremo Pariona Pastrana, en la que se indica que para “responsabilizar penalmente de peculado a un funcionario o servidor público se tiene que demostrar su vinculación funcional por razón de su cargo respecto a la administración o custodia de los caudales públicos”.
Es decir, se tendría que demostrar fehacientemente que este funcionario público, es decir Alberto Fujimori, tuvo manejo directo del dinero de las partidas destinadas al SIN, situación que no ha sido acreditada.
Por el contrario, se indica que, según la Ley del Sistema de Inteligencia Nacional, el jefe del SIN es la máxima autoridad del Sistema de Inteligencia Nacional, encargado de dirigirlo y representarlo; así como de administrar el presupuesto.
En este caso -explica la Sala-, según las declaraciones de Abel Villalobos, director de la oficina técnica administrativa del SIN (quien laboró allí desde 1998 hasta 2001), funcionalmente su superior jerárquico era el jefe del SIN, es decir, el almirante Humberto Rozas Bonuccelli.
Según Villalobos, el almirante Rozas “era responsable de la ejecución del presupuesto y era también el encargado de dirigir, programar y coordinar los pagos en el SIN”.
Además, se hace la diferencia entre los gastos corrientes y gastos de acción reservada de carácter secreto (S/5 millones).
El presupuesto para gastos reservados ascendía a casi S/3 millones. Mientras que los gastos corrientes estaban destinados a combustibles y una serie de gastos de uso diario.
Los gastos de acción reservada eran de carácter secreto y manejados por Vladimiro Montesinos Torres por orden del jefe del SIN para acciones de inteligencia.
SOLO POLÍTICO. Asimismo, los cinco magistrados supremos, al analizar la imputación contra el expresidente Alberto Fujimori por suscribir resoluciones supremas bajo la justificación de gastos de carácter “secreto”, concuerdan en que no cometía delito alguno, ya que el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) así lo justificaba.
“En ese sentido, las suscripción de dichas resoluciones supremas no hace competente funcional al encausado Alberto Fujimori para la administración y custodia de los fondos públicos asignados al SIN”, sostiene la resolución.
TESTIMONIOS SIN VALOR. Finalmente, la sentencia de la Corte Suprema sostiene que los testimonios del exasesor Vladimiro Montesinos, Matilde Pinchi Pinchi y otros, que señalaron a Alberto Fujimori como responsable de dar las órdenes para el pago de la línea editorial de los “Diarios Chicha”, no cumplen con los requisitos exigidos para ser valorados, pues carecen de verosimilitud, credibilidad y persistencia en la incriminación.
Por ejemplo, en el caso de Montesinos, este habría incriminado inicialmente a Alberto Fujimori “con el deseo de obtener beneficios”.
En el caso de otros testigos, estos solo son referencia, puesto que “nunca se reunieron con el encausado Fujimori”.
“El principal beneficiado con el traslado de dinero y contratación de diarios fue Alberto Fujimori. Los hechos indican que si había una razón o un beneficiado con esto fue Fujimori”, sostuvo el exprocurador.
A su juicio, el fallo muestra a “un Poder Judicial de espaldas al pueblo”.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Constitución, Miguel Torres Morales (FP), exhortó a respetar la independencia de poderes del Estado en relación con el fallo de la Corte Suprema a favor de Alberto Fujimori en el caso “Diarios Chicha”.
“Lo único que puedo decir es que somos respetuosos (en Fuerza Popular) de la independencia de los poderes. Siempre el Poder Judicial ha tomado una decisión al respecto. La respetamos y me imagino que cada una de las partes tendrá las oportunidades de defender sus posiciones”, dijo. “Solo cabe acatarla, como en todo Estado de Derecho”, sostuvo.