Según el oficial mayor del Congreso, el pago de la remuneración previa a la firma del contrato se debe al sinceramiento de la fecha en el que los trabajadores iniciaron sus labores. “Independientemente de cualquier trámite se considera el 27 de julio para el inicio de labores”, se lee en el documento emitido por la Mesa Directiva que preside María del Carmen Alva. (Fuente: Latina)