El Jurado Nacional de Elecciones explicó el proceso que se utiliza para la observación de las actas electorales. Según indicó la autoridad, un personero puede impugnar el voto de una cédula o también puede ser observada por un error material. Entre estas se incluye el ser ilegible, estar incompleta, tener solicitud de nulidad, no contar con datos, entre otros. (Fuente: América TV)