El 30 de agosto se celebra el Día de la Enfermera Peruana.
El 30 de agosto se celebra el Día de la Enfermera Peruana.

El Congreso de la República aprobó, en primera votación, el dictamen que propone modificar el artículo 40 de la Constitución Política del Perú para permitir que el personal médico o asistencial de salud pueda ocupar más de un cargo público remunerado.

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El Pleno aprobó, por mayoría con 90 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones, la reforma constitucional del artículo 40 de la Constitución Política del Perú para permitir el doble empleo remunerado al personal médico o asistencial de salud.

“La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. No están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente o en servicios de salud como personal médico y profesionales de la salud con especialidad, conforme a ley, indica la modificación del artículo 40 de la Carta Magna

Los trabajadores de empresas estatales o de sociedades de economía mixta no están incluidos en la definición de funcionarios públicos.

Durante el debate, la representación nacional destacó la importancia de permitir que el personal médico especializado o asistencial pueda tener dos empleos para atender la creciente demanda hospitalaria, especialmente en áreas con altos índices de pobreza.

El congresista Jorge Marticorena Mendoza, Secretario de la Comisión de Constitución y Reglamento, destacó la naturaleza multipartidaria de la propuesta legal, enfatizando que “no solo es un imperativo moral, sino también una cuestión de supervivencia”.

Señaló que durante la pandemia de COVID-19, se permitió temporalmente la doble percepción de ingresos para los profesionales de la salud debido a la emergencia sanitaria. Sin embargo, esta excepción ya no está en vigor, lo que significa que los profesionales de la salud están legalmente impedidos de recibir doble remuneración en el sector público según la ley constitucional.

“Es de vital importancia para el futuro de nuestro país y de nuestro sistema de salud, reformar nuevamente el artículo 40 de la Constitución Política del Perú, pero esta vez como una medida permanente que permita habilitar el doble empleo o cargo público remunerado al personal médico o asistencial de salud”, sostuvo.

Subrayó que la situación es innegable: en el país hay 16 médicos por cada 10,000 habitantes, en contraposición a los 36 médicos por cada 10,000 habitantes que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) establece como estándar.

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