La Universidad Autónoma del Perú fue multada con más de 11 millones de soles por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
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La Sunedu sancionó a la citada universidad privada con 10 multas que suman S/9’889,087.50 (2441.75 UIT) por haber brindado siete programas de pregrado y tres de posgrado sin contar con la debida autorización, con lo cual afectó a más de 3500 estudiantes.
Durante el procedimiento sancionador se verificó la prestación ilegal de los siguientes programas de pregrado: Negocios Internacionales, Administración en Turismo y Hotelería, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Civil, Ingeniería Industrial, Arquitectura y Administración y Marketing, así como los posgrados de Administración de Empresas, Docencia Universitaria y Psicología Clínica y de la Salud.
Además de imponer la multa, Sunedu ordenó el cese de la oferta y prestación de los programas no autorizados y exhortó a la casa de estudios a que limite sus servicios solo a las carreras para las que cuenta con autorización (Administración, Contabilidad, Derecho, Ingeniería de Sistemas y Psicología), bajo advertencia de iniciar un nuevo procedimiento administrativo sancionador.
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En tanto, el Indecopi impuso a esa casa de estudios una multa de S/1’822,500.00 (450 UIT) por haber infringido “el deber de idoneidad que establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor, por la afectación a las expectativas de los consumidores al no brindar su servicio en las condiciones ofrecidas”.
Además de la multa, la primera instancia del Indecopi ordenó a la universidad brindar a los estudiantes cualquiera de las siguientes medidas correctivas:
1. Devolver el dinero pagado por los alumnos durante el servicio (matrículas, pensiones, entre otros exigidos por la universidad), además del interés legal, conforme al artículo 97 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
2. Que la universidad, conforme con las disposiciones establecidas por la Sunedu, establezca mecanismos que permitan a los alumnos afectados continuar sus carreras en otros centros de estudios que sí cuenten con la autorización respectiva.
3. Que la universidad permita a los estudiantes afectados, en caso así lo decidan, realicen estudios en la misma universidad, pero en una carrera profesional que sí esté habilitada.
Para monitorear el cumplimiento de las medidas correctivas a favor de los estudiantes, el Indecopi ordenó a la Universidad Autónoma del Perú elaborar un padrón de los alumnos afectados y un cronograma de cumplimiento respecto a las medidas correctivas que ellos escojan.
Esta decisión de primera instancia se encuentra dentro del plazo de apelación, que deberá ser revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi. Dicha resolución es pública.
DATO
La Universidad Autónoma del Perú se encuentra dentro del plazo de impugnación ante la superintendencia.
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