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BCR sancionará con hasta 20 UIT y suspensiones a billeteras digitales por incumplimientos

La norma modifica el “Reglamento de los Niveles de Calidad de los Servicios de Pago Interoperables”.
  • BCR apelaría a la “maquinita” si es obligado a comprar oro
  • El BCR no compra oro desde que tiene autonomía
Las billeteras digitales ofrecen una forma conveniente para pagar productos y servicios sin contacto. (Foto: GEC/ Britanie Arroyo)

Andrea Pereyra

Actualizado el 17/03/2025, 06:29 p.m.
  • BCR apelaría a la “maquinita” si es obligado a comprar oro
  • El BCR no compra oro desde que tiene autonomía

El Banco Central de Reserva (BCR) anunció una nueva normativa que sancionará con multas de hasta 20 UIT y suspensiones a las billeteras digitales y proveedores de servicios de pagos inmediatos que no cumplan con los estándares de calidad establecidos.

La medida, que entrará en vigor el 1 de marzo de 2026, busca garantizar un ecosistema de pagos digitales seguro y eficiente para los usuarios.

La norma, emitida mediante la Circular N° 0009-2024-BCRP, modifica el “Reglamento de los Niveles de Calidad de los Servicios de Pago Interoperables” e introduce un conjunto de sanciones para las entidades que incumplan los acuerdos de nivel de servicio (ANS).

Entre las infracciones consideradas se encuentran la no disponibilidad del servicio por más de dos horas continuas o acumuladas en un día, un indicador clave de desempeño (ICD) de efectividad superior al 30%, o el incumplimiento reiterado de los ANS.

El BCR detalló que las entidades que cometan 21 infracciones en un periodo de tres meses serán suspendidas del servicio de pagos inmediatos.

Además, se establecieron multas escalonadas según la gravedad de la falta. Por ejemplo, la interrupción del servicio por más de dos horas en un día será sancionada con 20 UIT, mientras que superar los límites de fallas o no cumplir con los compromisos de disponibilidad también acarreará multas de 20 UIT.

Otras infracciones, como no responder a requerimientos del BCR o no implementar mecanismos de conteo de usuarios, serán penalizadas con 10 UIT.

Asimismo, los retrasos en la entrega de información obligatoria podrán ser multados con entre 0.5 y 5 UIT, dependiendo de la demora.

El BCR enfatizó que estas medidas forman parte de su Estrategia de Interoperabilidad, destinada a fortalecer la confianza en los pagos digitales.

“El Directorio del BCR, en uso de sus facultades, ha resuelto modificar el reglamento para que el ecosistema de pagos digitales continúe funcionando de manera segura y eficiente”, señaló la autoridad monetaria.

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