Cáncer de mama y diabetes detrás de pensión por invalidez en las AFP
Cáncer de mama y diabetes detrás de pensión por invalidez en las AFP

Cuando un afiliado al sistema privado de pensiones o AFP se encuentra al día en sus aportes y le sobreviene una enfermedad que le impide seguir trabajando, el afiliado puede solicitar una pensión por invalidez. En el 2018, según la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones (AAFP), 4,861 afiliados solicitaron acogerse a esta medida, una cantidad superior en 25% a la del año anterior.

De dichas solicitudes, 2,299 fueron aprobadas, al calificarse a los trabajadores con un grado de invalidez parcial o total. Las causas de invalidez más frecuentes en el caso de las mujeres figuran el tumor maligno de mama, la fibromialgia y la artritis reumatoide seropositiva. En el caso de los varones, los males más frecuentes son diabetes mellitus -tanto insulinodependientes como no insulinodependientes, insuficiencia renal crónica, síndrome postlaminectomia, insuficiencia renal terminal, entre otros.

"Las más prevalentes son el tumor maligno de la mama (155 del total de casos) y la diabetes mellitus (105 casos) y varios otros de los casos tienen que ver con la diabetes, enfermedades que si se diagnostican temprano no son invalidantes", señaló Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de AFP. Por edades, los afiliados que obtuvieron un dictamen favorable para su pensión de invalidez se encuentran entre los 50 y 60 años, seguidos por los de 40 a 50 años y los mayores de 60 años.

¿Cómo se accede a esta pensión?

Si el afiliado tiene invalidez permanente, recibirá una pensión equivalente al 70% del promedio de las remuneraciones de los últimos 48 meses antes del siniestro. Por otro lado, si el afiliado tiene invalidez temporal, accederá a una pensión equivalente del 50% del promedio de los salarios de los últimos 48 meses antes del siniestro.

Si está al día en el pago de del seguro de Invalidez y Sobrevivencia (1.35% de la remuneración mensual), en un periodo de cuatro meses de los últimos ocho, tiene derecho a la cobertura adicional que le otorga la compañía de seguros, la cual, en promedio, completa el fondo en 4 veces más respecto a lo que tenía ahorrado el afiliado, para que, a partir de ese nuevo fondo, obtenga su pensión por invalidez.