El Pleno del Congreso de la República aprobó por unanimidad este viernes un proyecto de ley que sanciona hasta con 6 años de prisión a los empleadores que se apoderen de los fondos de pensiones de sus trabajadores.
Aprobado con 115 a favor, cero en contra y cero abstenciones, este dictamen modifica el artículo 190 del D.L. 635 del Código Penal, para sancionar en materia de seguridad social.
Fue la congresista de Juntos por el Perú-Cambio Democrático, Susel Paredes, quien presentó la iniciativa, que, tras ser aprobada en el Parlamento, fue observada por el Poder Ejecutivo debido a un error de la tipificación del delito.
Por ello, El Congreso subsanó la observación del Ejecutivo y hora será posible encarcelar a los empleadores y dueños de empresas que no cumplan con depositar debidamente los fondos de pensiones y de salud.
Según detalló la agencia Andina, el delito de apropiación ilícita común se dará cuando el agente se apropia o dispone indebidamente, en todo o en parte, con fines propios o de terceros, los aportes destinados a la constitución, formación, consolidación o desarrollo de un fondo de pensiones o del seguro social de salud.
Para estos casos la pena de cárcel será no menor a dos años.
En el Caso de los Fondos de Pensiones, la ley señala que es delito cuando el empleador retiene el 10% del sueldo mensual a sus trabajadores y no lo deposita a sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC).