Cumbre de las Américas: ¿Cómo se recupera un día no laborable?
Cumbre de las Américas: ¿Cómo se recupera un día no laborable?

Debido a la realización de la  en Lima, el Gobierno dispuso que este viernes 13 y sábado 14 de abril sean declarados como no laborables para permitir que el evento que congregará a jefes de Estado e importantes líderes de la región se realice con normalidad. Pero, ¿qué significa esto para las personas que normalmente hubieran trabajado en estos días?

En primer lugar, no es lo mismo que un feriado no laborable porque las horas que no se han trabajado deberán de recuperarse en otra fecha o en varias, según el acuerdo que se realice. En el régimen privado solo aquellas que decidan acogerse podrán hacerlo, previo acuerdo con sus trabajadores. La primera diferencia, en términos legales, es que el 16 de noviembre sí será considerado hábil para fines tributarios.

¿Cómo se recupera?

En el sector público, la jornada dejada de laborar se compensará en los 15 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus necesidades. Mientras tanto, en el sector privado, la recuperación de las horas dejadas de laborar se establecerá mediante acuerdo entre el empleador y sus . A falta de acuerdo, decide el empleador.

Cabe indicar que esta recuperación de horas se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio de cada trabajador. En ningún caso, el tiempo de trabajo que comprende la recuperación de horas podrá ser mayor al periodo dejado de laborar.

¿Quiénes sí trabajan?

Están exceptuadas del día no laborable, aquellas labores indispensables, en todo tipo de empresa, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa.

Corresponde al empleador determinar tales labores y la relación de los trabajadores que deben desempeñarlas. Los titulares de las entidades del sector público adoptan las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante el día no laborable, la provisión de aquellos servicios que resultan indispensables.