Se hizo oficial la celebración del asueto del 23 de julio. (Foto: El Peruano)
Se hizo oficial la celebración del asueto del 23 de julio. (Foto: El Peruano)

El próximo 23 de julio se ha declarado como feriado nacional, en conmemoración al heroico sacrificio del Capitán FAP, José Abelardo Quiñones Gonzales; por lo que si eres trabajador del sector público o privado, esta noticia te interesará.

Como se sabe, este decreto se hizo oficial tras su publicación en el diario oficial El Peruano el pasado 8 de julio, por lo que se suma a la lista de días festivos del calendario nacional.

Tal como señala la Agencia Andina, tras declararse como feriado, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) brindó algunas precisiones para los trabajadores del sector privado que laboren ese día que, para este 2023, cae domingo.

“Para la mayoría de trabajadores, el domingo 23 de julio es descanso semanal obligatorio, por lo que, en caso de no laborar dicho día, el trabajador solo tendrá su remuneración simple; es decir, no se abonará una remuneración adicional, como ocurre con el 1 de mayo, cuando coincide con el día de descanso semanal obligatorio”, explicó el gerente del centro legal de la CCL, Álvaro Gálvez.

Sin embargo, si el empleado debe trabajar el domingo 23 de julio, siendo descanso obligatorio, y no se acuerde un día de descanso sustitutorio, debe ser remunerado de esta manera: la remuneración equivalente a un día, por el feriado; y la remuneración con la sobretasa del 100% por el trabajo realizado.

Por ejm: Si el trabajador percibe mensualmente 1,500 soles, percibirá por ese día: 50 soles por el día feriado/domingo (que ya está comprendido en la remuneración mensual) más 100 soles por el trabajo realizado (sobretasa del 100%).

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