El Gobierno promulgó la Ley 32002, que aprueba el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hasta por el monto de cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), es decir, hasta 20,600 soles.
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Como se recuerda, el Congreso de la República aprobó la semana pasada un nuevo retiro de la Administración del Fondo de Pensiones (AFP), y solo se esperaba la aprobación del Ejecutivo. La medida busca beneficiar a cerca de 7 millones de aportantes en medio de la recesión económica que atraviesa el país.
El dispositivo fue oficializado hoy tras ser publicado en el diario El Peruano. El primer artículo de la norma indica que el retiro se dará para todos los afiliados a las AFP sin ninguna excepción.
Asimismo, se detalla el procedimiento para el retiro extraordinario y facultativo, el cual inicia con la presentación de la solicitud respectiva, de manera física o virtual, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la norma.
“Se abona un monto de hasta una UIT cada treinta días calendario, realizándose el primer desembolso a los treinta días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado”, se señala.
La disposición complementaria final de la norma precisa que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) determinará, mediante reglamento, el procedimiento operativo para el retiro en un plazo que no excederá de 15 días calendario, contados a partir de la entrada en vigor de la ley.
En la víspera, el ministro de Economía y Finanzas, José Arista, ya había adelantado que el Ejecutivo dio luz verde a esta norma debido a la alta votación que tuvo en el Congreso.
CTS
El titular del MEF también invocó al Congreso que el retiro de la CTS sea respetando un mínimo de cuatro meses de desempleo, con la finalidad de “no dejar desprotegido” al trabajador que se quede sin un salario.
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