El Poder Ejecutivo estableció un Régimen de Reprogramación de Pago de Previsionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de adeudados por Entidades Públicas (REPRO AFP II), que podría beneficiar a más de 570 mil afiliados afectados por el incumplimiento de pago por las entidades del sector público.

Mediante un Decreto de Urgencia que se ha publicado hoy, se dispone que pueden acogerse al REPRO AFP II las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que no pagaron oportunamente los aportes de sus trabajadores a los fondos de pensiones privados, considerando la deuda hasta el 31 de diciembre del 2019.

“Estos afiliados tendrán la certidumbre de que sus empleadores cumplirán con pagar sus aportes a los fondos de pensiones y, además, recibirán una rentabilidad promedio por el tiempo en que dichos recursos no fueron depositados.

Según el DU, las entidades públicas podrán acogerse al REPRO AFP II hasta el 10 de abril de 2020, y fraccionar sus deudas hasta en un máximo de 10 años, en cuyo caso tendrán que pagar los intereses correspondientes.

Según el MEF, a diciembre de 2018 existen 1 917 entidades públicas que mantienen una deuda cierta actualizada, por aportes no efectuados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), ascendente a S/ 6 975 millones. El 44% de dicha deuda corresponde a unidades ejecutoras de los gobiernos regionales.

El DU precisa que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP dictará el procedimiento operativo para la determinación del monto real de las deudas, en la forma y plazos que establezca el reglamento del REPRO AFP II.

El DU señala que la Contraloría General de la República será la encargada de supervisar el cumplimiento del pago del REPRO AFP II, por lo que las entidades deberán rendir cuentas del gasto