PJ tendrá 48 horas para facultar a la UIF levantamiento de cuentas
PJ tendrá 48 horas para facultar a la UIF levantamiento de cuentas

La (SBS), precisó que el  tiene 48 horas para facultar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) el levantamiento del secreto Bancario y Tributario, según el Decreto Legislativo N°1249.

Como se recuerda, dicho decreto fue publicado el pasado 26 de noviembre, con la finalidad de fortalecer la UIF y reforzar el régimen de los sujetos obligados incorporando nuevos actores.

Esta solicitud debe ser formulada por la UIF en cada caso que investiga, contando el juez con un plazo de 48 horas para resolverla en forma reservada. Asimismo, se le otorga la facultad para compartir con la Fiscalía información de inteligencia sobre delitos previos de lavado de activos (secuestro, extorsión, corrupción, etc.) que detecte en su investigación”, sostuvo la SBS.

NUEVOS SUJETOS. Además, se informó que las empresas procesadoras de tarjetas de crédito y/o débito, los juegos y apuestas deportivas a distancia, los abogados y contadores que realicen habitualmente asesoramiento financiero y/o servicios societarios en nombre de un tercero, el Jurado Nacional de Elecciones la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), entre otros, se consideran sujetos obligados y por ello deberán comunicar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) las operaciones sospechosas que detecten.

Por ello, se asignó a la UIF la supervisión de: agentes inmobiliarios; agencias de viaje y turismo; establecimientos de hospedaje; empresas mineras; y, los juegos de loterías y similares. En tanto, el MINCETUR tendrá a su cargo la supervisión de los juegos y apuestas deportivas a distancia.

Finalmente, se crea un Órgano Centralizado de Prevención del lavado de activos y del Financiamiento del terrorismo (OCP LA/FT), que es una base centralizada de información de los notarios a nivel nacional, a través del cual se efectuará un análisis de la información notarial de forma integrada, entre otros temas.

La SBS deberá alcanzar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en un plazo de 90 días, la propuesta de un nuevo Reglamento de la Ley N° 27693 - Ley que crea la UIF - y dentro de los 120 días calendario a partir de la fecha de su publicación, deberá emitir la regulación sectorial aplicable a los sujetos obligados bajo la supervisión de la UIF.

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