Dichos cambios sí generarán un impacto, pero entre los usuarios residenciales sería muy remoto. (Foto: GEC)
Dichos cambios sí generarán un impacto, pero entre los usuarios residenciales sería muy remoto. (Foto: GEC)

Por un fallo de la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) deberá emitir una normativa para solucionar las distorsiones del mercado eléctrico relacionadas a la declaración de precios del gas natural de las generadoras térmicas. Según Rolando Salvatierra, socio senior del Área de Electricidad y Derecho Administrativo del Estudio Muñiz, estos cambios sí van a generar un impacto, pero entre los usuarios residenciales sería muy remoto.

“Más que para los clientes, el efecto se verá en el precio ‘spot’ de corto plazo y en el costo marginal. Eso va a tener un reflejo y eso podría afectar en el futuro, hacia arriba o hacia abajo, en el mercado spot y algunos contratos del mercado libre, pero en el mercado regulado (usuarios residenciales) es muy remoto. Su impacto sería muy pequeño”, comentó.

Cabe mencionar los usuarios eléctricos pueden ser libres o regulados, de acuerdo con su consumo. Los que tienen una demanda anual superior a los 2,500 kW acceden a ese mercado mayorista donde está el precio ‘spot’, pero, cuando la demanda es menor, como en usuarios residenciales, sus tarifas dependen de los contratos con las empresas distribuidoras.

¿Qué cambia con la declaración de gas?

En la generación eléctrica, según Salvatierra, el COES (Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional) evalúa qué energía es más eficiente en determinado momento del día para darle prioridad de despacho. Por ley, primero se usan las energías renovables y después, ingresan las que tengan menores costos marginales, y es ahí donde se genera el problema.

“Lo que se quejan las generadoras hidroeléctricas es que estos precios declarados (por las generadoras térmicas) no son reales. Al no ser reales, se tiende a que el precio sea menor de lo que es el costo real, con lo cual estarían despachando primero las generadoras térmicas. Al reducir sus costos marginales, de alguna manera se les da una prioridad para despachar en un lugar preferente”, explicó.

El último fin de semana, el Minem publicó la Resolución Ministerial No. 312-2020, en la que pide al COES enviarle al regulador (Osinergmin) una propuesta para evaluar estas declaraciones de precios. Por lo publicado, el especialista considera que la propuesta será equilibrada.

“El proyecto busca un punto medio entre una declaración total y una auditoría total, de alguna manera se le da una mayor autonomía al COES para que tenga la oportunidad de evaluar estos costos”, refiere.

Una vez que se aprueben los nuevos criterios, estimó que las primeras afectadas serán las centrales térmicas, que deberán tener otro sistema para evaluar el costo del gas que utilizan, y en función a ese nuevo sistema, establecer sus costos marginales. Sin embargo, como las tarifas de distribución se regulan cada cuatro años, no tendría por qué haber un efecto inmediato en los recibos de usuarios domésticos.

TAGS RELACIONADOS