Las actividades agroindustriales realizadas fuera de Lima y Callao podrían beneficiarse de estas condiciones laborales y tributarias.
Las actividades agroindustriales realizadas fuera de Lima y Callao podrían beneficiarse de estas condiciones laborales y tributarias.

Si bien las actividades comprendidas dentro de la Ley de Promoción Agraria -que el año pasado se amplío hasta el 2031- se caracterizan por la estacionalidad y la agroexportación, todas las actividades agroindustriales realizadas fuera de Lima y Callao podrían beneficiarse de estas condiciones laborales y tributarias.

En ese sentido, el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) evalúa incorporar cinco actividades agroindustriales: elaboración de lácteos, productos de molinería, almidones, cacao y chocolate, entre otros productos. Al respecto, Alberto Maurer, viceministro de Políticas Agrarias del Minagri, precisó que estas actividades son las de mayor producción por parte del pequeño y mediano agricultor.

Para el exministro de Agricultura, Juan Manuel Benites, no habría ningún problema en ampliar la cobertura de la Ley de Promoción Agraria, siempre que la medida propicie las alianzas empresariales y la asociatividad.

“Si los pequeños productores siguieran, cada uno por su cuenta, produciendo en pequeñas cantidades, es muy difícil que puedan acceder a los beneficios de la norma, el impacto se siente cuando forman conglomerados, empresas”, indicó.

Segmentos y restricciones

Debido a que el régimen implica una reducción del Impuesto a la Renta a 15%, consideró importante que se defina bien el impacto que se desea tener con estas exenciones, porque la industria no llega al agricultor con dos hectáreas, pero este sí podría beneficiarse, si forma parte de un conglomerado de agricultores.

“Si se va a intervenir en nuevos sectores, principalmente hay que cuidar que sean sectores con un potencial claro y definido. Los lácteos en el Perú tienen una potencialidad importante, cacao definitivamente y lo otro, es cómo propiciamos que los beneficios lleguen a los más pequeños y eso pasa por medidas complementarias para la asociatividad”, comentó.

Cabe indicar que, el Decreto de Urgencia No. 043-2019, que extendió por diez años la vigencia de la Ley de Promoción Agraria, ya comprende a las actividades agroindustriales y a las personas jurídicas que se hubieran asociado entre sí para la comercialización de sus productos.

Además, se incluyó al sector forestal y el acuícola, haciendo cambios en las condiciones laborales, como la ampliación de 15 a 30 días para la remuneración vacacional.

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