El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento operativo del Programa  Reactiva Perú para dar más oportunidad a las micro empresas comprendidas en el nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS).

Según la norma, se establecen criterios de elegibilidad o exclusión para promover la mayor transparencia del programa. También hace precisiones sobre requisitos de acceso de las microempresas.

Así, los créditos son para financiar la reposición de capital de trabajo, y no para pagar obligaciones financieras que las empresas deudoras mantengan con Reactiva Perú.

Para las microempresas, la norma inicial estableció que para determinar el límite de la garantía estatal se consideraban ventas anuales de hasta 150 UIT (S/ 645,000). Con los ajustes se toma en cuenta  el monto equivalente a dos meses de ventas vigentes en el 2019. También pueden hacerlo personas naturales con negocios.

Transparencia. La nueva norma estipula que las entidades financieras deben establecer las restricciones respectivas. Hace hincapié que Cofide deberá verificar el cumplimiento de los requisitos, antes de formalizar el otorgamiento de la garantía.

Además, amplía la prohibición de acceso a Reactiva a las empresas que están en proceso de colaboración eficaz; también las que son investigadas por corrupción y las que están inhabilitadas por el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Pero, si pueden acceder a un crédito las empresas que pagaron la reparación civil y las que están habilitadas para contratar con el Estado.

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