Sepa cómo se paga una deuda en caso  de muerte o de invalidez
Sepa cómo se paga una deuda en caso de muerte o de invalidez

Después del fallecimiento de un ser querido, pocas personas se preocupan por consultar qué deudas podía tener esa persona en el sistema financiero. En general, las deudas tienen carácter heredable; sin embargo, si en vida la persona contrató un seguro de desgravamen, los sobrevivientes quedan protegidos y ya no tienen que hacerse cargo de esa cuenta.

Este seguro también se aplica en casos de invalidez total permanente del asegurado y depende de la cobertura contratada a la aseguradora, que generalmente es elegida por la entidad financiera donde se pide el crédito. La  agrega que, en algunos casos, se cubre solo el saldo deudor a la fecha del fallecimiento; pero, en otros casos, los beneficiarios también reciben la diferencia entre el total de la deuda y el saldo deudor.

VENTAJAS. Según Álvaro Velarde, jefe comercial de Affinity y Líneas Personales de Aon Perú, el beneficio de este seguro para los herederos es que ellos no tendrán que asumir la deuda adquirida por el titular, si ocurre un hecho inesperado.

“Este seguro puede ser de varios tipos, siendo el más usual el Desgravamen de Saldo Deudor, el cual cubre únicamente el monto que se le debe a la institución financiera al momento de la ocurrencia del fallecimiento o invalidez del asegurado”, indicó.

PRECAUCIONES. Existen algunas exclusiones a la cobertura del seguro. Por ejemplo: que la muerte sea a causa de una enfermedad preexistente al contratar el seguro, que se trate de un suicidio o que la persona haya participado de deportes riesgosos, entre otros.

Otro cuidado que deben tener los herederos es que el titular de la cuenta no haya caído en morosidad, lo que significaría que no pagó la cobertura de este seguro. “Se tiene que estar al día para estar coberturado por el seguro de desgravamen”, explica Patricia Willstatter, jefe de la oficina de servicios al ciudadano de la SBS. Dicha entidad tiene un servicio para que los deudos sepan en qué entidades el fallecido tenía seguros, ahorros o afiliación a una AFP.

Los que deseen conocer cada trámite, pueden revisar: www.sbs.gob.pe/herederos.