La ley establece una Remuneración Mínima Vital (S/ 930.00) por jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales. En caso labore por horas o fracciones de estas, la remuneración será proporcional. Puede cancelarse semanal, quincenal o mensualmente.
La ley establece una Remuneración Mínima Vital (S/ 930.00) por jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales. En caso labore por horas o fracciones de estas, la remuneración será proporcional. Puede cancelarse semanal, quincenal o mensualmente.

El gobierno publicó ayer el reglamento de las personas que realizan trabajo doméstico, llamada ley de trabajadoras del hogar, y que había sido promulgada el 1 de  octubre del año pasado.

La ley establece una Remuneración Mínima Vital (S/ 930.00) por jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales. En caso labore por horas o fracciones de estas, la remuneración será proporcional. Puede cancelarse semanal, quincenal o mensualmente.

En el reglamento de ayer se aprobaron disposiciones específicas sobre los derechos a el contrato de trabajo escrito, la jornada de trabajo y descansos remunerados, la remuneración mínima vital, las gratificaciones legales, la compensación por tiempo de servicios, las vacaciones de 30 días, la seguridad social y la protección de la maternidad, entre otros.

La norma prohíbe que se realicen descuentos a las trabajadoras del hogar por conceptos como alimentación, alojamiento, entrega de uniformes, equipos de protección, instrumentos o herramientas para la prestación del trabajo.

También establece que son derechos de las trabajadoras que se les provea de un ambiente que preserve su salud y seguridad.

Asimismo, que se les den facilidades para acceder a la educación básica obligatoria o a la formación profesional o técnica, según corresponda.

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