Unos 250 mil trabajadores pagarán menos impuesto
Unos 250 mil trabajadores pagarán menos impuesto

El Decreto Legislativo (DL) 1258 que publicó ayer el Gobierno hará que trabajadores dependiente e independientes paguen un menor monto por concepto de  (IR), siempre que presenten comprobantes de pago por alquiler o de servicios profesionales que generan ingresos de cuarta categoría.

Es decir, unos 250 mil trabajadores, como señala el tributarista Jorge Picón, se beneficiarán con esa norma, pero a la vez ayudarán a la Sunat a ampliar la base de contribuyentes, porque los comprobantes de pago que presenten permitirán identificar a un mayor número de profesionales que generan ingresos de cuarta categoría, así como a los propietarios que alquilan sus inmuebles. 

CAMBIO. Picón explicó que ese DL modifica la Ley del IR y permitirá a los trabajadores deducir voluntariamente para el cálculo de este tributo, gastos de hasta 3 UIT adicionales a las 7 UIT vigentes. “Los gastos deberán ser sustentados mediante comprobantes físicos y electrónicos y guardados por los contribuyentes algunos años, en caso de que la Sunat los solicite”, recomendó.

Dijo que hasta este año, los trabajadores pueden deducir hasta 7 UIT (S/27,650) sin acreditar facturas. “Ahora se les ha dicho que pueden deducir hasta 3 UIT adicionales al año, pero deberán acreditarlos con facturas y recibos por honorarios”, precisó.

Los rubros a tomar en cuenta para hacer esta deducción adicional son: honorarios profesionales de médicos y odontólogos (con límite del 30% de los honorarios), gastos por el pago de alquileres (con límite de 30% de la renta) y los intereses de créditos hipotecarios para la adquisición de primera vivienda. No se incluyó los gastos en educación.

La norma también incluye otros servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría, que serán determinados en el reglamento, y las aportaciones a EsSalud que se paguen a las trabajadoras del hogar.

Picón refirió que en el caso de los trabajadores dependientes podría crear complicaciones administrativas a los empleadores (retienen el IR de cuarta categoría). “Las empresas con un número importante de trabajadores en planilla deberán asumir el costo administrativo para la devolución de estos gastos mensuales, que se deberán devolver a partir del 2018 a solicitud del trabajador”, puntualizó.

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