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Arequipa entre las tres regiones con más acoso callejero y sin ordenanza para sancionar

Los gobiernos regionales y locales pueden establecer multas aplicables a las personas que cometan acoso callejero, pero las autoridades arequipeñas no emiten sanciones
No hay ordenanza para sancionar acoso callejero. (Foto: GEC)

Soledad Morales

Actualizado el 16/04/2024, 01:48 p.m.

Arequipa es una de las tres regiones, junto a Lima y La Libertad, con mayor incidencia en acoso callejero, según los Centros de Emergencia Mujer, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables . A pesar de esta crítica situación, la ciudad carece de una ordenanza municipal para sancionar este tipo de acciones en contra de mujeres, en un 99% de casos.

Según un informe de la Defensoría del Pueblo, publicado el último sábado, por la semana, contra el acoso sexual callejero, que se conmemora cada segunda semana de abril, hay poca voluntad política para resolver este problema en la sociedad.

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Por ejemplo, sea que existe la ley 30314, para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, la cual fue aprobada en 2015; en Arequipa, una de las ciudades con más casos, no existen normas para sancionar a los responsables.

Esta tarea sin cumplir es de las autoridades regionales, ya que la norma, en su artículo 7, establece la obligación de los gobiernos regionales, provinciales y locales de incorporar medidas de prevención y atención de esta forma de violencia sexual. Hasta la fecha solo 5 regiones, como son Amazonas, Huancavelica, La Libertad, Puno y Tacna, han cumplido con aprobar ordenanzas contra el acoso sexual callejero.

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En el 2023, los reportes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dieron a conocer que Lima Metropolitana, La Libertad, Arequipa, Loreto, Cusco, Lima Provincias, Áncash, Huánuco, Piura, San Martín, Ica, Junín, Lambayeque y Callao concentraron las mayores cifras, con un total de 400 casos. El 90% en contra de mujeres.

Diana Portal, adjunta de los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, reiteró que la norma señala que los gobiernos regionales y locales pueden establecer multas aplicables tanto a las personas como a los centros comerciales, obras de edificación u otras empresas a cargo de los espacios en los que se cometan dichos actos.

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