UNSA: Con ordenanza municipal harán cumplir el medio pasaje universitario
UNSA: Con ordenanza municipal harán cumplir el medio pasaje universitario

El Concejo Provincial de Arequipa debatirá un anteproyecto de ordenanza municipal presentado por la Universidad Nacional de San Agustín () en la que aquellas empresas de transporte de servicio urbano que no cumplan con el cobro del medio pasaje serán multados con mil 215 soles y el traslado del vehículo al deposito. 

Así mismo, se especifica que tanto el chofer como el cobrador serán sancionados con el 10% y 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), respectivamente.

Esta propuesta fue presentada ayer al alcalde provincial, Alfredo Zegarra, quien deberá remitir a la normativa a la Comisión de Transportes para ser evaluada y luego entrar a sesión para ser aprobada por los regidores de la municipalidad.

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El representante de la comisión encargada del proyecto, Jorge Sumari, señaló que pese a que el artículo 127 de la Ley Universitaria dispone la tarifa del 50% del precio regular para los estudiantes, en Arequipa no se obliga a dar cumplimiento de esta normativa. 

SIN APOYO. Es necesario recordar que solo tres representantes de las 17 universidades e institutos superiores asistieron a la reunión del lunes, convocada por la Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial de Arequipa, a fin de coordinar las acciones para que los transportistas de servicio urbano respeten el cobro del medio pasaje.

El gerente de Transportes, Percy Velarde lamentó, que a pesar de que la invitación fue remitida con días de anticipación, solo representantes de los institutos ISUR, Cayetano Heredia y el Instituto de Educación Superior Pedagógico Público Arequipa se hicieron presentes en el hemiciclo de la municipalidad. A raíz de ello, la convocatoria fue cancelada, sin definir una nueva fecha.

DETALLES. Si bien debido a la Ley de la Oferta y la Demanda la comuna provincial no puede obligar a las empresas a bajar la tarifa a 0.80 céntimos, de acuerdo a la normativa N°26271 se sustenta que “el precio del pasaje universitario, en el ámbito urbano o en el interurbano, no podrá exceder el 50% del precio del pasaje adulto”.

“Queríamos anunciar que íbamos a iniciar operativos, pero necesitábamos saber si las universidades entregaban algún carné que identifique a los estudiantes”, señaló.

Asimismo, precisó que estas intervenciones se desean realizar junto al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), único ente competente de aplicar sanciones por no cobrar el pasaje universitario, a causa de la publicidad engañosa en las tarifas y maltrato al pasajero.

La coordinadora del Área de Protección al Consumidor de Indecopi, Sara Calle, indicó que la imposición de una multa a una empresa que cometa una infracción puede ir desde 4 mil 50 soles hasta más de 1 millón 822 mil 500 soles (1 a 450 UIT); sin embargo, esto dependerá del proceso y la gravedad del presunto acto cometido.

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