Cesantes deberán iniciar proceso judicial para ser reinicorporados a Unsch
Cesantes deberán iniciar proceso judicial para ser reinicorporados a Unsch

Lo único que se habría hecho es cumplir el artículo N°84 de la Ley Universitaria, si cometer algún abuso de autoridad, puesto que la Ley refiere que los docentes no pueden ejercer pasados los 70 años, refiere el rector de la Universidad Nacional de san Cristóbal de Huamanga, Homero Ango Aguilar.

Para la autoridad universitaria la controversia estaría en la aplicación de norma que estipula el cese de 35 docentes en esa condición. En ese sentido, Ango señala que en la aplicación de la Ley existe disquisiciones de orden jurídico, la primera es que para que se aplique el articula tenía que mediarse una norma que les posibilite previamente acceder a la condición de docente extraordinario , en ese sentido la norma tendría que ser heteroaplicativa; es decir que debe haber reglamento que permita su aplicación.

Mientras que servir señala que no es así, es decir que la norma no necesitaría ninguna reglamentación para su aplicación.

Sea como fuere, Ango Aguilar, informa que la entidad edil cumplió con amabas posiciones, puesto que un año antes del cese en el 2017, ya habían elaborado un reglamento.

“No me explico cómo es que el juez hace una interpretación que no comprendo porque emite una medida cautelar, porque el tema de fondo aún ni siquiera inicia, pero además de todo así la norma sea heteroaplicativa o autoaplicativa, hemos cumplido con los dos preceptos” explicó.

Reglamento. En el 2016, se emitió el reglamento donde se especificaba los requisitos que debían cumplir para ser docentes extraordinarios.

Dijo además que ello se demostrará en el juicio, cuando se dé por iniciado el proceso.

Añadió que la respuesta dada por el Ministerio de Economía y Finanzas, acerca de que existen los recursos para poder reponer a los cesados de manera que se cumpla la medida cautelar, a primero se tendría que tener la categoría de cosa juzgada. Es decir que sólo se le otorgará plazas y presupuesto a la Unsch cuando exista una sentencia en última instancia.