Hoy día el Tribunal Constitucional (TC) se reúne para ver el tema de la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la prescripción de más de 10 mil millones de soles en deudas que sostienen con el fisco las empresas más grandes del Perú.
Desde Cusco el presidente de la República, Martín Vizcarra, se pronunció acerca de la reunión, mostrándose en contra de la prescripción de estas deudas contraídas hace muchos años por empresas como Odebrecht, Latam, Interbank, Southern, Telefónica, entre otras.
El mandatario nacional señaló que el cobro de impuestos hace capaz que el país se mantenga a flote y continúe con sus obras y proyectos, citando que sin impuestos Perú no podría sobrevivir como país, señaló por ejemplo que el presupuesto para un año de todo el sector salud es de 20 mil millones de soles y que en comparativa con la deuda de las empresas a la Sunat, que es de 10 mil millones, se hablaría prácticamente de la mitad de la partida que maneja dicha cartera.
“Sin impuestos no podemos vivir como país. Acá hay una controversia, entre lo que calcula la Sunat y las empresas, y como controversia se tiene que discutir, pero no puede ser que este proceso que está en curso pueda prescribir deudas que todavía están en función, son 10 mil millones de soles que están en discusión y que tiene que permitirse que se analice, se discuta si corresponde o no, pero no decir que prescribe”, señaló.
Acotó que respeta a los miembros del TC, que está seguro que actuarán como corresponde y su voluntad finalmente será respetada, refiriendo de otro lado que la Sunat ha elaborado un sustento sólido para la no prescripción de las deudas, pese a que el Colegio de Abogados de La Libertad, que presentó la demanda en un principio, se haya retirado de carrera y ya no haya demandante.
DATO:
-Para el martes por la mañana está programada la reunión en que el Tribunal Constitucional (TC) revisará la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Colegio de Abogados de La Libertad contra la norma que faculta a la Sunat ejecutar, retroactivamente, cobranza de deudas tributarias extintas a un centenar de empresas.
Se trata de la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 1421, que otorga plazos amplios a la entidad recaudadora para realizar cobros tributarios.