La 2ª Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica confirmó la sentencia condenatoria de Paul Armando Laime Ancalle por el delito contra la fe pública, en la modalidad de uso de documento público falso.
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DOS AÑOS DE PENA SUSPENDIDA POR DOCUMENTO FALSO
La Fiscalía, planteó la acusación en base a lo ocurrido el día 28 de marzo del 2018.
La defensa técnica de Laime presentó una constancia de trabajo de la Municipalidad Distrital de Callanmarca a fin de acreditar el arraigo laboral de su defendido durante una audiencia de requerimiento de prisión preventiva, el cual el Ministerio Público solicitó contra el defendido y otras personas, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Angaraes. La audiencia era por un proceso de peculado en agravio de la comuna de Angaraes, del cual salió absuelto posteriormente.
Tras la investigación de la Fiscalía, se verificó que el documento era falso debido a que la firma que aparece en la constancia y que debía de ser del alcalde de Callanmarca (en ese año era Fidel Ramírez Quispe), era falsa.
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Ante esto, la defensa planteó que no se mintió con la constancia debido a que su defendido sí trabajaba en el municipio de Callanmarca, pero que requerían del documento para el arraigo laboral, y como no se encontraba el burgomaestre, entonces, tuvieron que presentar un documento con la firma falsa. Hecho que también fue afirmado por el acusado.
Asimismo, la Fiscalía planteó que el trabajar para la municipalidad no le da el derecho a expedirse para sí mismo constancia de trabajo con el cual se beneficia y pretendía inducir a error al juez veía una prisión preventiva.
Luego de evaluar los argumentos de las partes procesales, el juzgado decidió condenar a dos años de pena suspendida. Esto fue apelado por la defensa técnica, pero el resultado fue el mismo.
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Tres jueces conforman la Sala: Jaime Contreras, Carlos Samaniego y Marisol Jaramillo.