Los jueces de la 1ª Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica confirmaron la sentencia condenatoria contra Abdón Espeza Ibáñez, como autor del delito contra la liberta sexual, en la modalidad de actos contra el pudor, en agravio de una menor de 13 años.
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En primera instancia, el juzgado lo sentenció a 9 años de pena privativa de la libertad, con carácter de efectiva.
SENTENCIAN A ACUSADO DE ACTOS CONTRA EL PUDOR
Fiscal planteó la acusación en base a la denuncia presentada por los padres de la víctima, una escolar de 13 años.
Según el planteamiento fiscal, el 19 de febrero del 2020, en horas de la mañana, la víctima y el acusado se encuentran en el patio donde está el lavadero, y el sujeto pregunta a la adolescente, ¿por qué está triste?, a lo que responde la menor que posiblemente haya desaprobado dos cursos y que iría más tarde a su colegio para ver los resultados.
Es en ello que, el acusado va a la institución educativa y se entera de las materias desaprobadas, por lo que, a su regreso se encuentra con la agraviada y le dice que ya sabe las notas y le pide que lo acompañe para contarle, pedido que la menor acepta.
Es en ello que ambos suben a un taxi que los llevaba hasta un centro poblado, una zona alejada del casco urbano.
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Tras bajar del vehículo el sujeto llevó a la menor por una trocha por las faldas de cerro y, a jalones, la trasladó hasta unos árboles y arbustos, donde empezó a besarla en la boca y abrazarla a la fuerza, a lo que la menor se resistía.
El sujeto no se percató que esto fue evidenciado por una pobladora, quien, en compañía del Comité de Vigilancia de la comunidad, lograron atrapar y retener al acusado hasta la llegada de la Policía.
Por su parte, la defensa técnica y el acusado alegaban inocencia, por lo que, tras emitirse la sentencia condenatoria, presentaron un recurso de apelación, el cual, al final, fue declarado infundado por los jueces de la Sala de Apelaciones.
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Para este caso, la Sala estuvo conformada por los jueces: María Espinoza, Waldo Gonzales y Carmelo García. Cabe precisar que, el 13 de abril del 2022 fue emitida la sentencia por parte de la Sala de Apelaciones.