La Segunda Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica confirmó la sentencia contra Luis César F. P., quien fue acusado por el Ministerio Público de haber realizado actos contra el pudor en agravio de una menor de edad.
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Asimismo, los jueces de la Sala ordenaron la realización de un nuevo juicio oral para el caso de otra menor, quien también habría sido víctima de actos contra el pudor, pero que en primera instancia habían absuelto al acusado.
SENTENCIA A ODONTÓLOGO POR MAÑOSO
La Fiscalía planteó la acusación en base a las denuncias presentadas por las madres de las niñas agraviadas.
En el caso de la sentencia confirmada, el delito se cometió el 30 de agosto del 2017. La madre llevó a la víctima de 11 años de edad a un establecimiento de salud para que le extraigan un diente cariado.
Es en ello que el acusado, envió fuera del consultorio a la madre para que realice los trámites. Tras salir la señora, el odontólogo procedió a consumar el acto.
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La niña contó lo que había pasado a su hermano de 12 años y este a su vez le informó a su madre, quien procedió a realizar la denuncia correspondiente.
Sobre este caso, el juzgado de primera instancia sentenció al imputado a cuatro años de pena efectiva.
Este caso estaba junto a otro en una carpeta fiscal, no obstante, en el otro caso el sujeto quedó absuelto.
Cabe señalar que, la defensa alegaba inocencia en ambos casos, por lo que presentaron una apelación ante la Corte.
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Tras el proceso de apelación, los magistrados de la 2ª Sala de Apelaciones declararon infundado el pedido de la defensa y confirmaron la sentencia de 4 años de pena efectiva.
Asimismo, dejaron sin efecto el extremo de la resolución de la sentencia en la que absuelven al odontólogo, por lo que el sentenciado deberá pasar por un nuevo juicio oral, con nuevo juez, en relación a este segundo caso.
Asimismo, el sujeto deberá pagar 4 mil soles de reparación civil a favor de la víctima.
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El sujeto está prófugo. Asimismo, la 2ª Sala estuvo conformada por los magistrados: Jaime Contreras, Carlos Samaniego y Marisol Jaramillo.
El 13 de diciembre del 2021, fue emitida la resolución de la 2ª Sala de Apelaciones.