Buscando garantizar que el acceso a la justicia sea oportuno y se elimine las barreras lingüísticas, la Primera Sala Penal de Apelaciones de Huancavelica leyó una sentencia íntegra en idiomas quechua y español en un proceso, en el que la agraviada es una mujer quechuahablante.

El juez superior, director de debates, Edgar Cusihualpa, fue el encargado de leer la resolución judicial en ambos idiomas.

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Esta sentencia se da en mérito a una apelación a la sentencia de primera instancia, la misma que condenó a Cristian Yauri Valladolid a tres años de prisión suspendida.

Tras evaluar la situación en la sala de apelaciones, lo encontraron culpable y responsable del delito de agresiones en contra de las mujeres e integrantes del grupo familiar en agravio de su tía materna de iniciales L.V.Z.

Por esta razón, el tribunal lo condenó a tres años de prisión suspendida y le impuso prisión efectiva.

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Es en ese sentido que el colegiado dispuso la captura inmediata de Yauri Valladolid para su internamiento en el penal que disponga el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

En ese sentido, la Sala fundamentó su decisión al señalar que el juzgado de primera instancia había vulnerado el principio de legalidad al imponer la prisión suspendida, pese a que el artículo 57 del Código Penal, vigente del 29 de diciembre del 2017 al 21 de agosto del 2019, señalaba todo lo contrario.

“El artículo 57, al momento de los hechos, establecía que la suspensión de la pena es inaplicable a las personas condenadas por el delito de agresiones en contra de las mujeres e integrantes del grupo familiar (…)”, leyó en quechua y español el juez Edgar Cusihualpa.

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El magistrado relató el grado de abuso y violencia al fue sometida la víctima de 48 años frente a su agresor, un joven de 25 años, quien le propinó golpes, ocasionándoles graves lesiones en el rostro y cabeza, el 21 de agosto del 2019.

“Además la agresión fue a su tía, hermana de su madre, por lo que consideramos el hecho de mucha gravedad, y debe disponerse el carácter efectivo de la pena”, añadió en ambos idiomas el magistrado.

Agregó que Yauri Valladolid mostró durante el proceso una conducta rebelde al no acudir a las audiencias por lo que fue declarado reo contumaz, conducta contraria al de la agraviada, quien estuvo presente en todas las audiencias.

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Añadió que la misma denunciante solicitó hablar en quechua a los magistrados, pedido que fue admitido, quienes dispusieron, que las audiencias se desarrollaran desde ese momento en este idioma y en español.

La Primera Sala Penal de Apelaciones, integrada además por los jueces María Espinoza Mejía, presidenta, y Carmelo García Calizaya, dispuso también que la sentencia sea publicada en ambos idiomas.