Letrado Luis Zavala afirma que fiscal de la Nación está amparada por el Reglamento del Congreso y la Constitución. Parlamento, finalmente, podría vacarlo por incapacidad moral. (FOTO: Presidencia)
Letrado Luis Zavala afirma que fiscal de la Nación está amparada por el Reglamento del Congreso y la Constitución. Parlamento, finalmente, podría vacarlo por incapacidad moral. (FOTO: Presidencia)

El abogado trujillano Luis Zavala comentó que la denuncia constitucional presentada por la fiscal de la Nación, , contra el presidente de la República, , ante el Congreso sí debería proceder porque se ampara en el Reglamento del Parlamento y la Constitución Política.

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De acuerdo con la tesis fiscal, a Castillo Terrones se le imputa ser el presunto autor de los delitos contra la tranquilidad pública en la modalidad de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión.

Argumentos

Según Zavala Espino, el artículo 89 del Reglamento del Parlamento indica que “los congresistas, el fiscal de la Nación o cualquier otra persona que se considere agraviada pueden presentar denuncia constitucional contra los altos funcionarios del Estado comprendidos dentro de los alcances del artículo 99 de la Constitución Política”.

La Carta Magna, añadió el abogado, precisa en su artículo 99 que corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Parlamento “al presidente de la República”, así como a “los representantes del Congreso, ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional” y otros altos funcionarios.

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“Lo que está haciendo la fiscal de la Nación es denunciar, no acusar. Esto irá luego a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, que deberá calificar, y de acuerdo a esto será la Comisión Permanente la que finalmente acuse o no constitucionalmente [al presidente]”, explicó Luis Zavala.

El letrado mencionó también el artículo 117 de la Constitución, que indica que el presidente de la República solo puede ser acusado, durante su periodo, por traición a la Patria, impedir las elecciones (presidenciales, congresales, regionales y ediles) y disolver el Congreso.

“La Comisión Permanente tiene ahí un freno, pero lo que yo veo es que la finalidad de esto es que el Congreso pueda activar nuevamente el procedimiento de vacancia por incapacidad moral permanente”, aseveró.

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