El cerco perimétrico de la institución educativa no fue tarrajeada y pintada; además, se usó material de menor calidad a lo especificado en el expediente técnico (vidrios con menor espesor para las ventanas de marco metálico en diferentes módulos); y no se aplicó penalidad por la ausencia de 33 días del residente de obra.
El cerco perimétrico de la institución educativa no fue tarrajeada y pintada; además, se usó material de menor calidad a lo especificado en el expediente técnico (vidrios con menor espesor para las ventanas de marco metálico en diferentes módulos); y no se aplicó penalidad por la ausencia de 33 días del residente de obra.

La Contraloría General detectó irregularidades en la ejecución y supervisión del mejoramiento de la Institución Educativa 80100 Javier Heraud Pérez del caserío Trigobamba, en el distrito de Bambamarca de la provincia de Bolívar, región , lo que generó un perjuicio económico de S/ 837 mil.

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La obra se ejecutó por más de 7 millones de soles. El Informe de Control Posterior N.º 008-2022-2418-SCC, que comprende el período del 07 de enero de 2018 al 05 de setiembre de 2019, señala que dos servidores públicos de la Municipalidad Distrital de Bambamarca -ambos responsables, en su momento, de la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano Rural- dieron conformidad y pagaron por trabajos parcialmente ejecutados.

La comisión de control evidenció que el cerco perimétrico de la institución educativa no fue tarrajeada y pintada, lo que generó un perjuicio económico por S/ 12 497; y como el contratista no culminó esta prestación, el municipio debió aplicar una penalidad diaria por mora ante el atraso injustificado, que según cálculos asciende a S/ 747 900.

Asimismo, se usó material de menor calidad a lo especificado en el expediente técnico (vidrios con menor espesor para las ventanas de marco metálico en diferentes módulos); y no se aplicó penalidad por la ausencia de 33 días del residente de obra, quien cobró S/ 8 799 por estos días no trabajados y en forma simultánea asumió el mismo rol en dos obras similares ejecutadas en Trujillo y Chugay (Sánchez Carrión). Las omisiones generaron un perjuicio económico por S/ 33 235.

Por último, no se cobraron penalidades por la falta de permanencia del jefe de supervisión, a quien se le pagó los días que no participó en la ejecución del servicio; lo que generó un perjuicio económico de S/ 35 020.

El informe de control posterior ha sido comunicado al procurador público de la Contraloría General para el inicio de la acción civil contra los dos servidores públicos comprendidos en los hechos. Los ciudadanos pueden acceder a los resultados de este informe y de otros servicios de control, a través de nuestro Buscador de Informes de Control y portal