También descalifican oferta de postor que interpuso recurso de apelación por no acreditar la experiencia en obras similares. Debido a esto, el Tribunal del OSCE declara desierto el proceso, retrasando inicio de obra de pavimentación valorizada en 25 millones en tres pueblos jóvenes de la Ciudad Evocadora.
También descalifican oferta de postor que interpuso recurso de apelación por no acreditar la experiencia en obras similares. Debido a esto, el Tribunal del OSCE declara desierto el proceso, retrasando inicio de obra de pavimentación valorizada en 25 millones en tres pueblos jóvenes de la Ciudad Evocadora.

El Tribunal del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE) dejó sin efecto la buena pro que la otorgó al Consorcio Nazareno, para la ejecución de una obra de pavimentación, valorizada en más de 25 millones de soles.

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La oferta que presentó dicho consorcio integrado por una empresa brasileña (Pavotec Sucursal Perú) y una empresa chiclayana (Oscar Contratistas Generales S.A.C.) fue descalificada por el Tribunal, debido a que no cumplió con acreditar su experiencia en la ejecución de obras similares.

Hechos

El caso fue revisado por el Tribunal de OSCE, en atención al recurso de apelación que interpuso el Consorcio Vial Santa Rosa; el cual pidió que se le otorgue la buena pro, por ser el segundo y único contendor; sin embargo, su oferta también fue descalificada.

“Corresponde declarar desierto el procedimiento de selección pues se ha verificado que ninguno de los postores ha cumplido con acreditar el factor de evaluación experiencia en obras similares, conforme a lo dispuesto en las bases integradas del procedimiento de selección”, consta en la Resolución 4368 - 2022 - TCE -S1.

El proceso de selección fue convocado bajo la Ley de Reconstrucción con Cambios (Ley N° 30556), la cual establece que para cumplir el factor de experiencia y obtener 100 puntos en la evaluación técnica, los postores debían demostrar haber facturado un monto acumulado igual o mayor a los S/ 78 millones por la ejecución de obras similares.

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“La acreditación de dicha experiencia debía realizarse a través de copia simple de contratos a los que debía adjuntarse la respectiva acta de recepción de obra, resolución de liquidación, o cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como el monto total que implicó su ejecución”, precisó el Tribunal.

Sin embargo, el Consorcio Nazareno presentó un solo contrato ejecutado por la empresa Pavotec Sucursal Perú en la República de Brasil; pero no adjuntó el documento que acredite que la obra culminó al 100%; “por el contrario, se desprende que se encuentra en ejecución inferior al 40%”.

Para acreditar la culminación de la obra, presentó un Certificado de Acervo Técnico emitido por el Consejo Regional de Ingeniería de Pará - Brasil, esto es “una entidad distinta a la contratante de la obra ejecutada; condición que acarrea que el documento no pueda ser valorado”.

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Opinión

Al respecto, el consultor Jorge Chávez Pita, especialista en Contrataciones del Estado, sostuvo que el Tribunal del OSCE resolvió de tal modo porque el Comité de Selección de la MPL evalúo pésimo las ofertas de ambos consorcios.

La obra tiene un atraso significativo producto de la mala actuación del Comité de Selección. El proceso se retrotrae nuevamente hasta la etapa de su convocatoria. Aunque el presupuesto no se perdería, va implicar que la recuperación del mismo se haga en marzo. El proceso se retrotrae hasta la etapa de su convocatoria nuevamente, según me dicen, el presupuesto no se perdería, continuidad presupuestal, pero esto va implicar que la recuperación del mismo se haga en marzo por ahí.