El cambio de giro de la licencia de funcionamiento de los negocios será de aprobación automática como parte de las medidas para la reactivación de la economía durante la pandemia del coronavirus.
El Decreto Legislativo Nº 1497 aprobado por el Ejecutivo y publicado hoy en el diario oficial El Peruano, establece que se pueden otorgar licencias que incluyan más de un giro, solo si son afines o complementarios.
Para concretarse el cambio de giro, el titular de la licencia de funcionamiento tendrá que presentar a la municipalidad una declaración jurada informando los acondicionamientos del local.
Estos acondicionamientos deberán garantizar que no se afecte las condiciones de seguridad de acuerdo con el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones obtenido.
Por su parte, los municipios se encuentran obligados a realizar las acciones de fiscalización posterior de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General o norma que la sustituya.