Adultos mayores (Foto: Cris BOURONCLE / AFP)
Adultos mayores (Foto: Cris BOURONCLE / AFP)

El elevó de 60 a 65 años la edad de un para que sea considerado parte de los grupos de riesgo a la exposición del

Esa modificación se realizó en el documento técnico “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de Exposición a Covid-19”.

En su artículo único, la Resolución Ministerial N°283-2020-Minsa modifica la definición de “Grupos de Riesgo” contenida en una norma anterior: la Resolución Ministerial N°265-2020-Minsa.

Además, se define como grupos de riesgo al conjunto de personas que presentan características individuales asociadas a mayor riesgo de complicaciones por Covid-19.

Según la modificatoria, son grupos de riesgo las personas mayores de 65 años o quienes cuenten con comorbilidades como hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedades cardiovasculares, asma, enfermedad pulmonar crónica, insuficiencia renal crónica, cáncer, obesidad u otros estados de inmunosupresión.

Otras enfermedades

También, quienes padecen asma moderada o grave, enfermedad pulmonar crónica, insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis, enfermedad o tratamiento inmunosupresor y obesidad con índice de masa muscular (IMC) de 40 a más. La norma anterior solo mencionaba “asma” e “insuficiencia renal crónica”.

El texto fue publicado en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.