La Municipalidad de Chorrillos anunció el cierre de la conocida y altamente concurrida playa Agua Dulce debido a los elevadísimos niveles de contaminación a los que es sometida desde diciembre del año pasado.
La medida generó opiniones de todo tipo, debido al grado de degradación registrado en la orilla, y la libertad de tránsito que debe regir en los espacios públicos, como los corredores playeros.
En dialogo con Correo, el abogado Julio César Castiglioni, experto en Derecho Municipal, analiza las implicaciones del anunciado cierre, vigente inicialmente para hoy, 15 de febrero, pero que podría extenderse si la contaminación persiste.
¿La Municipalidad de Chorrillos tiene los alcances para ordenar el cierre?
No. No hay nada en la Ley de Municipalidades que faculte a un municipio a gestionar el cierre de una playa. Esto a pesar que el Concejo Municipal se haya reunido para autorizar la medida.
¿Los motivos argumentados justifican el cierre?
Es una medida muy delicada. No se puede restringir el paso de los ciudadanos en un espacio de libre tránsito. Creo que hay otras formas para que la municipalidad evite la situación descrita, como la contaminación de la playa.
¿Qué medidas se podían aplicar?
La Municipalidad podía destinar mayor personal de fiscalización en el acceso a la playa, para evitar que los bañistas entren con comida o bebidas alcohólicas. De este modo se evita la señalada contaminación. Es una medida que se realiza en Santa María del Mar con éxito. Es un plan que pueden generar cuestionamientos, pero da resultados y no se afecta el libre tránsito.
Chorrillos argumenta que el cierre va porque los bañistas siguen contaminando. Pero ¿eso no es evadir su responsabilidad?
Sí. Los bañistas deben cuidar los espacios que visitan, pero quien se debe encargar de evitar que la contaminación ocurra es el municipio. Como digo, puede destinar más personal para evitar que los usuarios lleguen con alimentos.
Chorrillos cerrará los ingresos a Agua Dulce. ¿Esto también afectará a quienes intenten transitar la zona por la arena, desde otras playas?
No debería. La playa es un espacio público y no se puede restringir el paso. Los ciudadanos pueden utilizar la playa como un corredor de tránsito, para dirigirse a donde crean conveniente.
El cierre es una especie de sanción por la contaminación. ¿Pero acaso no es también una sanción injustificada para los vecinos que pagan puntualmente sus impuestos municipales?
Sí, puede calificarse así. Hay vecinos que pagan puntuales sus impuestos y que quieren hacer uso de sus playas libremente. Se castiga a los contribuyentes puntuales. Hay que recordar que la limpieza de este espacio no se costea con los recursos propios de la municipalidad, sino con el impuesto de limpieza pública que se cobra a los contribuyentes. Muchos vecinos pueden sentirse afectados.
¿Qué medidas pueden tomar?
Cualquier ciudadano podría interponer una acción de habeas corpus contra la medida si la consideran inadecuada. Es un derecho. Pero, además, la Defensoría del Pueblo podría poner una denuncia de oficio, en vez de solo emitir informes, como usualmente hace.
¿Cuáles serían las consecuencias de estas acciones?
En ambos casos se podría llegar hasta la destitución del alcalde por un presunto delito de abuso de autoridad. En el caso de la Defensoría, podría realizar una inspección in situ, comprobar la situación y emitir un informe para iniciar de oficio una denuncia. En el caso de los ciudadanos, cualquiera podría interponer el habeas corpus, como pasó en otros casos por el cobro de parqueos y restricciones a los accesos a las playas.





