Luego de que Martín Vizcarra dispuso la extensión del estado de emergencia por el nuevo coronavirus hasta el 30 de junio, el Ministerio de Defensa y del Interior han anunciado nuevas disposiciones de cumplimiento obligatorio mediante el Decreto Supremo 094-2020-PCM.
El ministro de Defensa, Walter Martos, señaló que las personas que van a realizar sus compras al mercado o farmacia pueden usar sus vehículos particulares; siempre y cuando, vaya una persona y con el permiso respectivo.
Además, el ministro Martos explicó que el pase se renueva cada 48 horas, es decir, cada dos días. “Vamos a controlar que el pase haya sido requerido o solicitado el día anterior, no el mismo día. Por eso es muy importante que las personas impriman su pase el día anterior o en versión digital”, señaló.
¿Cómo obtener el pase vehicular distrital?
Como se sabe, se ha autorizado el uso de vehículos particulares para el abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios financieros, solo y exclusivamente dentro del distrito de residencia, y solo para una persona por vehículo.
Para hacer uso de su auto, puede gestionar a partir del lunes 25 de mayo por la tarde, un Pase Vehicular Distrital en el siguiente link www.gob.pe/pasevehicular, ingresando su DNI, su número de placa y su distrito.
En tanto, el día lunes 25 de mayo, las personas que deseen hacer uso de su vehículo particular para abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios financieros en su distrito de residencia, lo podrán hacer solo portando su DNI.
Disposiciones generales
- Las personas que transiten en vehículo deberán llevar el Pase Vehicular respectivo visible en el parabrisas delantero.
- Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados.
- Las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.
- Durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h.
Control que realizan las fuerzas del orden sigue vigente
El titular de Defensa también enfatizó que el control de las fuerzas del orden a los ciudadanos para frenar el avance del COVID-19 sigue vigente, por lo que las personas que estén transitando por las calles sin sus pases serán intervenidos y se les impondrá una multa. Además, si son reincidentes serán retenidos por 4 o 5 horas en algún centro de detención.
En cuanto a los ciudadanos que se estén trasladando en vehículos sin sus pases correspondientes, se les requisará sus tarjetas de propiedad, sus licencias de conducir y se les impondrá la multa respectiva. Si son reincidentes, sus automóviles serán remolcados hacia un depósito.