Recuerda siempre portar tu pase vehicular y todos los permisos para transitar por las calles de Lima | FOTO: GEC
Recuerda siempre portar tu pase vehicular y todos los permisos para transitar por las calles de Lima | FOTO: GEC

Luego de que dispuso la extensión del estado de emergencia por el nuevo hasta el 30 de junio, el y del Interior han anunciado nuevas disposiciones de cumplimiento obligatorio mediante el Decreto Supremo 094-2020-PCM.

El ministro de Defensa, Walter Martos, señaló que las ; siempre y cuando, vaya una persona y con el permiso respectivo.

Además, el ministro Martos explicó que el , es decir, cada dos días. “Vamos a controlar que el pase haya sido requerido o solicitado el día anterior, no el mismo día. Por eso es muy importante que las personas impriman su pase el día anterior o en versión digital”, señaló.

¿Cómo obtener el pase vehicular distrital?

Como se sabe, se ha autorizado el uso de vehículos particulares para el abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios financieros, solo y exclusivamente dentro del distrito de residencia, y solo para una persona por vehículo.

Para hacer uso de su auto, puede gestionar a partir del lunes 25 de mayo por la tarde, un Pase Vehicular Distrital en el siguiente link , ingresando su DNI, su número de placa y su distrito.

En tanto, el día lunes 25 de mayo, las personas que deseen hacer uso de su vehículo particular para abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios financieros en su distrito de residencia, lo podrán hacer solo portando su DNI.

Disposiciones generales

- Las personas que transiten en vehículo deberán llevar el Pase Vehicular respectivo visible en el parabrisas delantero.

- Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados.

- Las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.

- Durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h.

Control que realizan las fuerzas del orden sigue vigente

El titular de Defensa también enfatizó que el control de las fuerzas del orden a los ciudadanos para frenar el avance del COVID-19 sigue vigente, por lo que las personas que estén transitando por las calles sin sus pases serán intervenidos y se les impondrá una multa. Además, si son reincidentes serán retenidos por 4 o 5 horas en algún centro de detención.

En cuanto a los ciudadanos que se estén trasladando en vehículos sin sus pases correspondientes, se les requisará sus tarjetas de propiedad, sus licencias de conducir y se les impondrá la multa respectiva. Si son reincidentes, sus automóviles serán remolcados hacia un depósito.

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