La Contraloría informó que se trata de pagos a trabajadores que ejercieron cargo de dirección y de confianza y habrían ocasionado un perjuicio económico de S/ 101,500
La Contraloría informó que se trata de pagos a trabajadores que ejercieron cargo de dirección y de confianza y habrían ocasionado un perjuicio económico de S/ 101,500

La Contraloría General de la República detectó que la Dirección Regional de Salud de (Diresa) realizó el pago de beneficio sindical por movilidad local a trabajadores, con cheques girados a  otras personas, lo cual habría afectado la legalidad y el correcto funcionamiento de la administración pública, ocasionando un perjuicio económico de S/ 101,500.

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Según el informe de control específico 036-2023-2-4529-SCE, se trata del pago de beneficio sindical por concepto de movilidad local a trabajadores que desempeñaron cargos de dirección y de confianza durante el periodo 2021-2022. Dichos pagos fueron realizados con cheques girados a otras personas que generó que en el SIAF no se reflejen los beneficiarios de pago.

El órgano de control advirtió que los pagos a los trabajadores que ejercieron cargo de dirección y de confianza, ascienden a S/101,500, que  fueron gestionados por los directores de Administración y jefes de Logística, lo cual deviene en un perjuicio económico para la Diresa.

Tras ello, la Contraloría encontró presunta irregularidad que comprende el pago de beneficio económico por concepto de movilidad local derivado de acuerdos derivados de acuerdos colectivos a trabajadores de la Dirección Regional de Salud en el periodo del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022.

Además, afectaron la legalidad y el correcto funcionamiento de la administración pública, generando el perjuicio económico a la Diresa, ocasionados por el accionar de los directores de Administración y los jefes de Logística, quienes tramitaron ante la Tesorería, el pago de las planillas por movilidad local.

Esto, sin observar, que estas incluyeron trabajadores que desempeñaban cargos de dirección y de confianza. Además, autorizaron que el pago se efectúe con recursos distintos a los de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados.

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Asimismo, los jefes de las distintas áreas elaboraron las planillas de movilidad de cada una de sus áreas, incluyéndose ellos mismos, aún cuando se encontraban excluidos constitucionalmente de percibir los beneficios derivados de negociaciones colectivas, remitiendo las planillas a Administración y solicitando a su vez el pago de las mismas, las cuales incluyeron a trabajadores que desempeñaron cargos de dirección y de confianza, como beneficiarios de la negociación colectiva entre la entidad y la Federación Regional de Trabajadores Administrativos del sector Salud de Piura, estando éstos fuera del ámbito de aplicación del derecho de sindicalización y negociación colectiva.

Así también, por el jefe de Tesorería, quien efectuó la fase del girado de planillas que no contaban con la autorización del director de Administración y/o Logística. Asimismo, por haber devengado a nombre de beneficiarios distintos a los registrados en la fase del devengado, el monto correspondiente al pago de planillas por concepto de movilidad local, derivado de negociación colectiva.

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