Desde el 15 de febrero pueden declarar y solicitar su devolución desde el APP Personas SUNAT o desde la página Web. (Foto: Consulting Perú)
Desde el 15 de febrero pueden declarar y solicitar su devolución desde el APP Personas SUNAT o desde la página Web. (Foto: Consulting Perú)

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) informó que más de 10 mil personas naturales registradas en la región Piura recibieron en el buzón electrónico su Reporte de Saldo a Favor, que detalla la devolución que podrán obtener luego de presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020.

Esa devolución corresponde a los contribuyentes de cuarta o cuarta y quinta categorías, es decir, trabajadores independientes y/o dependientes, que acumularon un exceso en el pago de tributos (por abonos directos o retenciones mensuales) durante el año pasado. Se estima que en Piura presentarán su declaración de Impuesto a la Renta 2020 más de 21 mil contribuyentes.

El reporte de saldo a favor, que contiene la propuesta de declaración elaborada por la SUNAT y el monto de devolución que les corresponde, será enviado al buzón electrónico de estos contribuyentes, al que se puede acceder a través del aplicativo APP Personas SUNAT o desde la Web institucional, utilizando la clave SOL.

El citado documento presenta un diseño y contenido amigable y sencillo; en el cual se podrá apreciar de manera desagregada los ingresos obtenidos durante el año 2020, que correspondan al trabajo independiente o dependiente realizado, las retenciones y pagos a cuenta efectuados, el impuesto determinado, y el saldo a favor que será devuelto.

También contiene los gastos deducibles de hasta 3 UIT, relacionados a servicios profesionales, consumos en restaurantes y hoteles y los aportes a EsSalud de trabajadores del hogar. Únicamente los gastos vinculados al alquiler de inmuebles deben ser declarados por el propio contribuyente.

Esta información permitirá que con antelación pueda planificar y cumplir oportunamente con la presentación de su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020, la misma que está disponible desde el 15 de febrero en la página web de la SUNAT o en el APP Personas SUNAT, pudiendo además en el mismo trámite solicitar inmediatamente la devolución que le corresponda.

El monto por devolver se depositará en la cuenta bancaria del contribuyente si es que cumplió con registrar el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) en el portal de la SUNAT. En caso aún no lo hubiera hecho, primero deberán registrar el citado código en la misma Web. El plazo según cronograma para presentar la declaración será del 25 de marzo al 12 de abril, de acuerdo con el último digito del número de RUC.

Cabe indicar que, para ingresar al buzón electrónico o para presentar la Declaración Anual de Renta 2020, se debe contar con la clave SOL, la misma que se puede generar o recuperar virtualmente desde la aplicación APP Personas o el portal de SUNAT, sin tener que acercarse a un Centro de Servicios al Contribuyente.

Para obtener más información sobre la Declaración Anual de Renta 2020, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada .

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