Todos en algún momento hemos visto el fin de nuestra línea de carrera en una empresa, es entonces, cuando es momento de redactar la famosa “carta de renuncia”
Si tienes o has tenido la necesidad de renunciar, y no sabes cómo redactar tu salida de la empresa, aquí en Correo te decimos cómo hacerlo y algunos consejos útiles.
¿Con cuánto tiempo de anticipación se debe presentar la carta de renuncia?
Lo primero y más importante que debes saber, es que si piensas darte de baja en tu centro laboral, es fundamental que presentes tu carta de renuncia 30 días antes de retirarte de la empresa, según decreto legislativo artículo 18 del Decreto Supremo Nº 003-9 7-TR.
Si por el contrario, hay alguna razón de fuerza mayor que te impida comunicar a la empresa donde laboras, con 30 días de anticipación, que te retirarás de la empresa, puedes apelar a la renuncia con exoneración de 30 días.
Este proceso de renuncia, depende en gran medida de los empleadores desean darte aceptar esa solicitud, respuesta que se brinda después de tres días hábiles. En caso de tener una respuesta negativa, tendrás que cumplir con los 30 días establecidos, sino podrías ser acusado de abandono de trabajo.
Después, tendrás que dirigirte a tu empleador directo a través de la carta, y explicar brevemente las razones de tu retiro. Por lo general, se suele utilizar la expresión “por motivos personales” o “motivos profesionales”, esto se debe a que la carta no debe de exceder las 30 o 40 palabras.
No olvides hacer mención del artículo 18, que te respaldará en materia legal al manifestar tu deseo de renuncia a través del documento, en caso de que haya problemas o una resistencia por parte de tu empleador para aceptar tu renuncia.
También se recomienda utilizar una tipografía (tipo de letra) que exprese seriedad y se preste para la ocasión, tal como la Arial o Times New Roman. Al finalizar la carta, debes poner tu nombre completo, tu número de DNI y firma para ser identificado.
Entre los más importantes, recuerda solicitar tu liquidación por tiempo laborado, tu constancia de trabajo, carta para el retiro de tu CTS y certificado de 5ta categoría, todo ello dependiendo de tu contrato y tiempo en el puesto de trabajo.