A partir de hoy, y de forma parcial, entrará en vigencia el veto migratorio impulsado por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que consiste en prohibir la entrada al país de todos los refugiados y los nacionales de seis países de mayoría musulmana. El lunes pasado el Tribunal Supremo admitió a trámite este caso y ordenó aplicar algunas partes.
La decisión del Supremo implica que el Gobierno de Trump podrá negar la entrada al país a cualquier individuo que no pueda probar que tiene familiares en territorio estadounidense o que tiene planes ya establecidos para trabajar o estudiar en organizaciones de EE.UU.
En concreto, en un escrito de 13 páginas, el Supremo determinó que Trump podrá prohibir el ingreso de los "extranjeros que no tengan ninguna relación genuina con una persona o una entidad de Estados Unidos".
Por tanto, los más afectados por la aplicación parcial del veto van a ser los refugiados, que por definición están huyendo de sus países de origen y no tienen por qué tener ninguna relación con EEUU.
El decreto de Donald Trump busca anular durante 120 días el programa de acogida de refugiados, así como prohibir durante 90 días el ingreso a Estados Unidos de los ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, el Yemen y Libia).
Tras la decisión del Supremo, el Departamento de Estado envió el miércoles nuevas directrices a las embajadas y consulados de EEUU sobre cómo hacer cumplir la prohibición bajo los límites establecidos por el alto tribunal.
Te puede interesar: