El Congreso modicó esta semana el Decreto Legislativo 1326 del año 2017, por el cual la designación del Procurador General de la República la realizaba el Presidente de la República con la evidente incoherencia en la defensa jurídica de los intereses del Estado. Un funcionario de tan alto nivel podría ser tentado de parcialidad en caso tuviera que enfrentar al gobernante que lo eligió si éste estuviera incurso en delitos de corrupción o de cualquier otra índole que afecte a la sociedad y al estado que la representa.  El Congreso, con acierto, decidió por una designación técnica y meritocrática y encargarla a la Junta Nacional de Justicia, con mayor transparencia e idoneidad para tal alta función. Junto a ello ha venido otra modificación del mismo Decreto Legislativo en el sentido de que esa Procuraduría general designada por el Ejecutivo no debe designar a los procuradores de los poderes del estado que son autónomos. Una decisión que rescata válidamente la separación constitucional y funcional de los poderes Legislativo y Judicial y de las otras instituciones autónomas dando a cada titular la facultad de elegir a quien defenderá sus intereses con mayor conocimiento de la institución y de sus particularidades. Ahora la directiva del Parlamento elegirá a su Procurador con criterios meritocráticos más que políticos ya que deberá conocer litigios judiciales y menos discernir entre conflictos ideológicos. Una función que requiere capacidad para defender fueros y competencias y evitar avasallamientos de un poder sobre otro como lamentablemente venía sucediendo con el régimen legal anterior. Bien por el Congreso en su defensa de la constitucionalidad. Agregamos  felicitaciones por su oposición a la mal llamada Ley Mordaza y esperamos que reconsideren la bicameralidad que el país y su democracia tanto necesitan.

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