El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad de la Ley 31520 con una sentencia que revierte la acción de amparo interpuesta por la SUNEDU, para impedir la recomposición de su Consejo Directivo. La Ley 31520. que restableció la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, modificó la Ley Universitaria 30220, para dar independencia política a la entidad supervisora, que estaba subordinada al Ministerio de Educación. La SUNEDU venía ejerciendo duro control político y económico de las universidades al punto que aparecieron silenciadas durante ocho años, sin voz sobre los graves problemas nacionales, severo indicador de que algo andaba mal. La Ley 31520 permite una Superintendencia altamente especializada y objetivamente imparcial. Con su sentencia el TC deja atrás las maniobras judiciales que buscaron anular el nuevo enfoque jurídico desde la Comisión de Educación y promulgada la Ley bloquearon su aplicación. La campaña mediática que denuncia una presunta contrarreforma ya no tiene respaldo constitucional. La SUNEDU seguirá dando licencias y supervisando a las universidades respetando su autonomía. La sentencia del más alto tribunal que da constitucionalidad a la Ley no mermará la calidad ni anulará la misión de la SUNEDU pero tendremos universidades con pensamiento libre, comprometidas con la alta política que nuestro país requiere. La Ley 31520 toma como componente basilar el derecho a una supervisión imparcial a través de un Consejo Directivo idóneo con representantes de las universidades públicas y privadas, del Concytec y de los colegios profesionales. El objetivo de la Ley Universitaria no sufrirá mella, tendremos mejores condiciones para garantizar la calidad educativa y acreditar a las universidades que lo merezcan. Gracias al Tribunal Constitucional, felicitaciones a los rectores que valientemente libraron la batalla y a los congresistas y defensores que rescataron el gran valor histórico de la autonomía universitaria.

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