Ante el reciente mensaje por Twitter de la cancillería peruana, que fuera secundado por algunos “especialistas”, en el sentido de expresar su preocupación por los pronunciamientos de extranjeros -como el de los expresidentes, Evo Morales y José Mújica, de Bolivia y Uruguay, respectivamente, sobre el proceso electoral en el país y hasta profiriendo sus preferencias por uno de los dos candidatos-, calificándolos de “…clara intromisión en asuntos internos”, lo que sería actos de violación del principio de No intervención, debo recordar cuestiones básicas sobre este asunto específico. En primer lugar, es abrumadora la doctrina que considera al principio de No intervención como la prohibición de la injerencia de un Estado en los asuntos internos de otro. Lo anterior consagra que el sujeto de la intervención es únicamente el Estado y de que quien lo lleva adelante es aquel que está investido formalmente de su representación, generalmente los funcionarios del Estado, casi siempre los diplomáticos, cuyas expresiones se realizan comprometiendo al Estado porque hablan en su nombre. Ni Morales ni Mujica son funcionarios de sus países y lo que dijeron fue a título personal, aunque con evidente carga política, es distinto. En el Perú muchos políticos y académicos opinamos sobre la dictadura en Venezuela y a nadie con rigor jurídico internacional se le ocurriría calificarlas de injerencia. La relevancia de este principio yace en que el funcionario, generalmente diplomático, que podría ser jefe o miembro de la Misión de un Estado acreditada ante otro, impacta con sus declaraciones o actuaciones dentro del territorio del Estado en que se halla, consumando una violación de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961). En efecto, el principio de No intervención, está plasmado en el artículo 41. 1 de la Convención, al establecer que los embajadores “están obligados a no inmiscuirse en los asuntos internos de ese Estado”. Morales y Mujica, no son diplomáticos ni están dentro del país. Finalmente, el principio de No intervención –un legado de la Paz de Westfalia de 1648- históricamente fue formulado contra las invasiones militares, como ahora, buscando atravesar las fronteras nacionales: es el caso de Crimea por Rusia (2014), o la trillada por EE.UU. sobre Venezuela.