Las escuelas de conductores que funcionen sin autorización recibirán drásticas sanciones de acuerdo al nuevo Reglamento Nacional de Licencias de Conducir.
Por ejemplo, las escuelas de conductores que realicen actividades de capacitación sin contar con la autorización respectivas erán sancionadas con una multa de S/. 98,750 (25 UIT).
La norma señala que, para capacitar a los conductores, estas escuelas deberán contar con la autorización otorgada por la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), informó la agencia Andina.
Dicha propuesta, aprobada por Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, precisa que esta falta es considerada muy grave y conlleva a la suspensión o cierre del local donde se realiza la capacitación.
Asimismo, deberá contar con un local que cumpla con las características previstas en la normativa técnica de infraestructura para locales de educación superior, aprobados por el Ministerio de Educación (Minedu).
Las escuelas también deberán contar con un circuito o infraestructura cerrada a la circulación vial, propia o de terceros, donde el alumno realice las prácticas de manejo para el dominio y control del vehículo.
Otra falta igualmente considerada como muy grave es la de expedir certificados de salud sin haber evaluado al postulante, lo que se sanciona con la cancelación y desactivación de la entidad multada para expedir estos certificados.
Uno de los objetivos de este nuevo reglamento es elaborar un nuevo marco regulatorio que fomente la buena formación y la adquisición gradual de experiencia en los conductores profesionales, además de elevar el nivel de exigencia de las evaluaciones para el otorgamiento de una licencia de conducir, el cual debe ser estándar a nivel nacional.